El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, por lo que aquí te decimos cuál será el impacto que tendrá en las plataformas digitales.

De acuerdo con el documento, se adicionaron las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de cancelación de suscripciones y membresías con cobro recurrente.

Impacto a las plataformas digitales con la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor

Con la aprobación de las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, el impacto en las plataformas digitales será el siguiente, según quedó asentado en el DOF:

  • El proveedor respetará la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir, así como la de no recibir avisos comerciales
  • El proveedor deberá abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos
  • El proveedor deberá informar de forma clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica cobros automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha de cobro
  • El cobro requerirá consentimiento de los consumidores. En caso de renovación automática del servicio, se deberá notificar al menos con cinco días naturales de anticipación, permitiendo su cancelación sin penalización
  • El proveedor deberá implementar mecanismos que, sin contravenir a las disposiciones contractuales, permita a la persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata
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