México.- El Gobierno de la Ciudad de México publicó este jueves en su Gaceta Oficial un decreto que obliga a las ambulancias que circulan por la capital del país a contar con cuando menos un Desfibrilador Automático Externo, para atender paros cardiacos.

La nueva redacción del Articulo 35 de la Ley General de Salud explica que toda ambulancia Esto, con el fin de “ garantizar la oportuna atención prehospitalaria de una persona en situación de emergencia”, según se lee en el texto.

Los reanimadores cardiacos, se explica, son equipos que emiten un pulso de corriente continua al corazón cuando éste detiene sus funciones normales, para restablecer el ritmo cardiaco en pacientes que han sufrido un paro cardiorespiratorio.

Además, las ambulancias deberán contar con soluciones, medicamentos, insumos y todo equipo médico “adecuado e indispensable” para ofrecer la atención prehospitalaria.

Con información de Notimex