Luego de varios años de lucha en el ámbito legislativo, este 10 de julio la prohibición de las "terapias de conversión" en contra de las personas LGBTI dio un paso adelante  luego de que las las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género del Congreso CDMX aprobaran un proyecto de ley que busca tipificarlas. 

Con 21 votos a favor, dos abstenciones y cero en contra, las y los legisladores de las antes mencionadas comisiones aprobaron el proyecto que ahora será turnado al Pleno del Congreso para que sea votado y finalmente se realicen las modificaciones necesarias en el Código Penal de la CDMX para que se considere a los ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género) como un delito. 

La propuesta de reforma comenzó a ser valorada en la capital en 2018, cuando el diputado de Morena Temístocles Villanueva presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para señalar como tortura a las "terapias de conversión", nombre con el que se les conoce a las terapias o tratamientos enfocados en intentar modificar la orientación sexual o identidad de género de las personas LGBTI

¿Qué implicaría esta nueva ley?

De ser aprobada por el pleno, esta nueva ley modificaría el Código Penal de la Ciudad de México para que se catalogue a las terapias de conversión como tortura al impedir el libre desarrollo de la personalidad, orientación sexual, identidad y expresión de género de quienes atraviesan por estas prácticas que pueden provocar daño físico y psicológico. 

También se prohibiría cualquier tipo de contrato, tratamiento o terapia que busque cambiar, reprimir o eliminar las manifestaciones de identidad de género y orientación sexual. 

Por lo tanto, aquellas personas que obliguen a otras a someterse a un ECOSIG, o los apliquen, podrían pasar de dos a cinco años de prisión, y hasta 80 horas de trabajo comunitario. Dichas castigos aumentarían si el culpable es familiar de la víctima. 

Las terapias de conversión siguen siendo una realidad alrededor del mundo pese a que organismos de defensa de los derechos humanos se han expresado en contra de su práctica; Víctor Madrigal-Borloz, experto de la Organización de las Naciones Unidas señaló que son una violación de los derechos a la integridad física, salud y libre expresión de la orientación sexual e identidad de género de una persona, por lo que hizo un llamado a prohibirlas con urgencia.