Recientemente se realizó un conversatorio, organizado por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y el Congreso de la Ciudad de México, que tuvo como tema central la violencia contra las mujeres y los ataques con ácido u otras sustancias corrosivas. El evento convocó el interés de víctimas, médicos especialistas, legisladores y funcionarios de gobierno, reunión con la intención principal de descubrir cuáles son los retos para la protección efectiva de derechos y el acceso a la justicia de las víctimas de estos arteros ataques.

El evento tiene una gran relevancia porque, actualmente se debe verbalizar hacia; señalar, abordar, analizar y reflexionar el tema de la violencia de género contra las mujeres; sobre todo porque es un fenómeno que desestabiliza las ideas de democracia, justicia e igualdad, sobre las que está fundada la sociedad contemporánea y se convierte en un problema que afecta a todos. Simultáneamente, y casi de manera consecuencial, esta problemática exige la intervención del Estado para salvaguardar, por principio, la vida e integridad de las personas.

Siguiendo esta línea discursiva, las posibilidades con que los Estados y, considerablemente los gobiernos cuentan, son la actualización del marco jurídico para lograr, por un lado, la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres y, por otro, el establecimiento de penas acordes a los fenómenos de violencia; políticas públicas para la atención de las víctimas de violencia; la búsqueda de solidez en las instituciones de procuración de justicia; así como de eficiencia en la persecución de los delitos que, cualesquiera que sean, trastocan y afectan el orden y paz social.

Resulta relevante que, tanto autoridades como población en general, mantengamos el sentimiento de la indignación ante fenómenos de violencia (por mínimos que parezcan); el peor de los escenarios es precisamente la construcción antónima de la indignación: la indiferencia. Mientras se evite normalizar la presencia de actos violentos, sea contra mujeres u hombres, existirá la posibilidad real de hallar soluciones integrales al problema, que garanticen respuestas efectivas a las demandas de seguridad y justicia por parte de la sociedad.

Bajo ese orden de ideas, es importante destacar la necesidad de que –con la indignación compartida- tanto autoridades como la ciudadanía, mantengan comunicación permanente e ingresen a una suerte de intercambio de ideas y proyectos que abonen a la construcción de una vida libre de violencia. Por esto es que el conversatorio, fue importante, porque logró dejar de manifiesto la existencia de ataques atroces que, por sus consecuencias físicas, trastornan de manera definitiva la vida, en este caso, de las mujeres. 

Recientemente, han cobrado especial visibilidad en muchos países, casos de utilización de ácidos o sustancias corrosivas para causar daños severos, permanentes o irreversibles contra personas. Un reporte de la organización internacional “Acid Survivors Trust International”, indica que la región del mundo donde se presentan el mayor número de casos de agresiones con sustancias ácidas es Asia, mientras que América Latina está ubicada en la tercera posición; es relevante señalar que mayoritariamente son mujeres las víctimas de los ataques. Esta realidad nos coloca en medio de un proceso complejo de análisis que debe tener como respuesta, la ubicación de un camino viable de solución.

De manera agregada se debe considerar como prioritaria la atención a los actos de violencia con ácidos porque, como lo ha señalado el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, los ataques con ácido son agresiones con una altísima carga simbólica, pretenden marcar de por vida, y dejar el rostro desfigurado y en el cuerpo de la víctima una huella imborrable. En este contexto, y reiterando las formas bajo las cuales se puede hallar solución al problema, es conveniente actualizar el marco jurídico con el que hoy se cuenta.

Los ataques con ácido, por características específicas, requiere del desarrollo de muchas capacidades institucionales, por ejemplo, que el oficial de policía primer respondiente, aplique correctamente el Protocolo Nacional de Actuación de Primer Respondiente y asegure a las víctimas que, para el caso, requieren de atención médica inmediata. Al respecto, la Ley de Víctimas de la Ciudad de México, refiere el derecho a recibir atención médica y psicológica permanente y de calidad cuando se trate de lesiones, enfermedades y traumas emocionales provenientes del hecho victimizante; por ello, es digno de ser reconocido el esfuerzo que el Gobierno de la Ciudad, dirigido por la Dra. Claudia Sheinbaum, por comenzar a definir una política integral de atención a víctimas que considere la trascendencia de la atención médica.

En el caso de la Ciudad de México, es conveniente optar por la reforma al Código Penal aplicable, aunque con demasiado análisis y técnica legislativa, sustentada en la doctrina jurídica para evitar que, legislación hecha al vapor, tenga repercusiones negativas sobre el problema.

Este gran debate, que debe tener lugar en la agenda pública, debe estar acompañado de la opinión de expertos, de grupos de la sociedad civil, de víctimas de estas agresiones, legisladores y autoridades, para que, en conjunto, se tomen determinaciones en el sentido de lograr abatir la impunidad en casos de violencia y el freno al aumento de estos ataques.