En la fecha límite (23 de agosto) para asignar o reasignar los diputados y senadores electos por el principio de representación proporcional (RP), los plurinominales, después de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió las impugnaciones presentadas contra esas elecciones, el Consejo General del Instituto Federal Electoral hizo lo concerniente para que quede total y debidamente conformadas las dos Cámaras del Congreso de la Unión, y sus integrantes tomen protesta el 28 de agosto y se instalen en Congreso General el 1º. de septiembre, y reciban el informe presidencial.

Con una sola modificación respecto de las proyecciones iniciales, por el cambio del resultado en un distrito del Estado de México, ganado originalmente por la Coalición Movimiento Progresista, pero impugnado y logrado finalmente para la causa de la coalición Compromiso por México, la distribución de las curules quedo de la siguiente manera:

Senado: PRI 52 (11 de RP), PAN 38(9 de RP), PRD 22(6 de RP), PVEM 9 (2 de RP), PT 4(2 de RP), MC 2 (1 de RP) y PANAL 1 (de RP), para el total de 128.

Diputados: PRI 207(49 de RP), PAN 114 (62 de RP), PRD 100(44 de RP), PVEM 34(15 de RP), PT 19(11 de RP), MC 16(9 de RP) y PANAL 10 plurinominales.

La proporción de los senadores y diputados plurinominales que les asignaron a los diferentes partidos políticos, corresponde lo más aproximado posible a su porcentaje de votación, que es justamente lo que persigue el sistema de representación proporcional, que no varía demasiado si sumamos los electos por el principio de mayoría relativa (MR).

Este sistema, de RP, surge con el propósito de contrarrestar los efectos de sobre y subrepresentacion que producía el sistema electoral de MR, cuando se utilizaba exclusivamente, donde los ganadores se llevan todo y los perdedores se van a su casa.

El sistema de RP cuando se utilizó para elegir a todo el órgano congresional, a principios del siglo XX, también generó  problemas de pulverización representativa y de gobernabilidad, por lo que se optó por sistemas mixtos o combinados.

En nuestro país, el sistema de RP se incorporó en 1977 y se fue desarrollando hasta 1996 en las 2 cámaras del Congreso de la Unión, en los Congresos de los Estados y en la Asamblea del Distrito Federal, así como en los Ayuntamientos de la República.

Fue un periodo muy importante donde la RP sirvió para pluralizar la representación política y convertirse en pieza central de la transición democrática.

En años recientes se ha cuestionado la existencia de los plurinominales, por la manipulación que han hecho algunos dirigentes partidistas en la confección de las listas de candidatos por esa vía, y de que estos no son electos directamente y que no responden a los ciudadanos, sino solo a las oligarquías de sus partidos.

En buena medida las críticas son razonables y justificadas, pero que a partir de ellas se proponga su desaparición me parece un despropósito, que solo demuestra ignorancia y desinformación.

En todo caso, implica la exigencia para que los mecanismos de selección de candidaturas por RP se hagan democráticamente, así como los esquemas de responsabilidad y rendición de cuentas. La RP es necesaria en un sistema multipartidista como el nuestro.