Es grave el fenómeno de las fake news (noticias falsas) o posverdades (mentira mezclada con hechos veraces) en cualquier circunstancia. A propósito del decreto anunciado por el presidente @LopezObrador_ sobre la revocación del conspicuo impuesto especial a los concesionarios de radio y televisión (conocido como “tiempos fiscales”), quien asegura que esa medida tiene como propósito ampliar la oferta publicitaria de dichos concesionarios, ha habido voces expresando que tal finalidad no es posible, en virtud —se asegura— de que la ley establece topes máximos de venta de publicidad por hora.

Es importante aclarar que ese trascendido disfrazado de opinión de “expertos” es totalmente falso. En efecto, el artículo 237 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión vigente dispone que: “Los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión o de televisión y audio restringidos, así como los programadores y operadores de señales, deberán mantener un equilibrio entre la publicidad y el conjunto de programación transmitida por día, para lo cual se seguirán las siguientes reglas: I. Para los concesionarios de uso comercial de radiodifusión: a) En estaciones de televisión, el tiempo destinado a publicidad comercial no excederá del dieciocho por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación, y b) En estaciones de radio, el tiempo destinado a publicidad comercial no excederá del cuarenta por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación. La duración de la publicidad comercial no incluye los promocionales propios de la estación, ni las transmisiones correspondientes a los tiempos del Estado y otros a disposición del Poder Ejecutivo, ni programas de oferta de productos o servicios;”

No existe, como se desprende de la lectura de la disposición normativa aplicable ninguna relación a límites por hora, sino por día, que es muy distinto para la viabilidad de comercialización que anima esta decisión presidencial. Es una grave irresponsabilidad hacer afirmaciones sin fundamento por mala fe o por ignorancia. Antes de emitir opiniones e información sobre todo al invocar la ley con apariencia de verdad a los ojos de la opinión pública, hay que leer y comprender la legislación aplicable que en este caso desacredita esa afirmación falsa que representa un misil erróneo contra el presidente de la República. Por supuesto, cada quien tiene su opinión sobre esa medida, pero lo que no se vale es la imputación de datos falsos, a partir de lo cual cualquier inferencia resulta insostenible.

Sumario.

Excelente iniciativa de @jenarovillamil, titular del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano al crear una OTT (over-the-top); es decir, un sistema tipo Netflix con contenido producido por los medios públicos federales que puede verse gratuitamente en la plataforma denominada MX Play (https://www.mxplay.tv/index.html) que resulta pertinente y sobre todo oportuno en estos tiempos de sana distancia.

@evillanuevamx

ernestovillanueva@hushmail.com