Como parte de los cambios que se han llevado en los últimos meses, la llamada ?reforma político electoral? expedida el pasado 10 de febrero de 2014 orilló a la transición a un ?nuevo? Sistema Político Electoral, el cual ha generado cambios institucionales como en la ejecución en los esquemas de organización, operación, fiscalización, imposición de sanciones y determinación con la que se venían celebrando las elecciones en México, y que ahora son los ajustes que requieren darse en las instituciones para los comicios del 2015.

Aun cuando el desenvolvimiento ha encontrado reticencias por las diferentes fuerzas políticas que han impugnado las normativas electorales expedidas por el Congreso de la Unión, los expertos han puntualizado que derivado al análisis de los medios de inconstitucionalidad 22/2014 y sus acumuladas 26/2014, 28/2014 Y 30/2014, presentadas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC) en contra de esta reforma para desestimar los aspectos por regular tanto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, como en la Ley General de Partidos Políticos más aún, de echarlas abajo, las validarían para el próximo proceso electoral, cuestión que ya aconteció con la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la cual ha declarado constitucionalmente válido el proceso legislativo por el cual el Congreso avaló la expedición en periodo extraordinario de la multireferida Reforma Electoral.

Para hablar de algunas de estas modificaciones, tendría que referirme a los cambios sustanciales que a nivel instituciones establecerán para su implementación en el sistema electoral en México, de los que habría que destacar los siguientes:

El Instituto Nacional Electoral (INE) como la actual autoridad electoral, adquiere la supremacía de dirección como órgano directivo electoral nacional, quien ahora cuenta con la función de coordinar a nivel federal y local las elecciones, esto no ha quedado claro si será mediante reglas, lineamientos o criterios específicos donde no puedan llevarse a cabo los comicios, o bien de forma general, toda vez que a partir de la Reforma Electoral, los otrora institutos electorales, hoy Organismos Públicos Locales Electorales (OPLes), dejan de ser a nivel institucional a quienes les correspondiera celebrar las elecciones en sus demarcaciones, consta en la Reforma que será a través de convenios de colaboración que celebren. Esto implicará que las elecciones tanto federales como locales del 2015 tengan verificativo de manera concurrente a nivel institucional, que de acuerdo con esta Reforma, dotaría de mayor seguridad a las elecciones subsecuentes. Me llama la atención el relativo a la injerencia que tiene ahora el INE en cuestiones partidistas con el acceso a ser el órgano imparcial de justicia intrapartidaria. ¿Garantizaría así la democracia interna de los partidos? Resulta más bien que  es dotarles de forma concisa una cultura y práctica política democrática para quienes eligieron modificar e incluso regular su actuar a través de una nueva Ley General de Partidos Políticos, que es más bien la escisión de los libros contenidos en el anterior Código Electoral.

Quizá lo más relevante e indispensable en el tema de las atribuciones que se distribuyen entre las diferentes instancias electorales bien valdría la pena desglosarse en otro artículo, porque es aún un asunto que se está trabajando a nivel de OPLes y de las que se han levantado las voces de estos organismos para su conservación a nivel local de dichas funciones, como serían las relativas a educación cívica, registro de aspirantes a cargos de elección popular, organización electoral, entre otras.

Otra cuestión que se pretende cubrir en esta transición de Sistema, es lo relativo al ?control sobre el gasto de los actores políticos?, léase que los propios partidos políticos se han pronunciado para que los gastos que ejercen los mismos queden en poder del INE como la instancia suprema en materia de fiscalización de las finanzas para cada elección, y no de las OPLes como ocurría hasta antes de la Reforma; sin embargo, en el caso concreto no queda claro cómo se daría esa delegación, al grado de no precisar los supuestos en los que podría delegarla, puesto que la Reforma sólo contempla su potestad para ejercerse, y más aún se desconoce también qué papel que tendrían las unidades de fiscalización a nivel local en las OPLes.

También se contempla un nuevo esquema de justicia electoral, a partir del nuevo sistema de nulidades para elecciones federales y locales que incluye atribuciones para revisar violaciones graves, dolosas y determinantes, como el supuesto en que los partidos se excedan de los topes de gastos de campaña en un 5% del total autorizado por el INE, entre otros aspectos, que se han venido devengando en los procesos electorales que han antecedido a esta reforma electoral. Si bien ahora, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es la instancia que adquiere la gran responsabilidad de resolver las quejas y denuncias relativas a propaganda electoral, actos anticipados de precampaña o bien de campaña, que antes lo hacían los institutos electorales, para los comicios del 2015 será el Tribunal Electoral a través de una nueva Sala Especializada quien resolverá todas las impugnaciones que en materia electoral se generen; cuestión que ya está materializándose con la designación de los tres magistrados que la integrarán dicha Sala en el mes de octubre del presente año.

De acuerdo a este Esquema en el que se quitan de los OPLes, la facultad para llevar a cabo la sustanciación y resolución de los procedimientos administrativos sancionadores, estos organismos quedan como autoridades meramente sustanciadoras, en las que su labor como autoridad administrativa electoral, asume el realizar de forma exhaustiva, precisa y clara labor el dotar al juzgador suficientes elementos de prueba, es decir, la debida integración del expediente que remitan a los magistrados de esa Sala Especializada, por lo que el paso por las OPLes según su demarcación, siendo que será un prerrequisito para que dicho órgano jurisdiccional pueda resolver en tiempo y forma pueda emitir una determinación justa.

Otro aspecto relevante es que se pretende implementar un sistema en línea de contabilidad en línea de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos; como parte de la reforma electoral, se ha modificado de forma significativa el diseño institucional para la fiscalización electoral, en la búsqueda de paliar las trampas en las que pueden incurrir los diferentes partidos políticos con el dinero para financiar campañas electorales de las tan variadas que pudieran configurarse, hace imposible hasta ahora encontrar un sistema de fiscalización a prueba de ellos. Con el diseño de un sistema de fiscalización y contabilidad en línea permitiría revisar más de setenta y seis mil informes de partidos nacionales, locales, candidatos independientes, precampañas, campañas y hacerlo en tiempo récord.

Este novedoso modelo de rendición de cuentas busca valiéndose de la tecnología, revisar de forma más sencilla ?prácticamente automática- los dineros de las distintas fuerzas políticas; sin embargo, no está claro cómo se adquirirá dicho servicio, de antemano se sabe se hará mediante licitación pública, de la que no se ha determinado aún el monto estimado para su implementación. No hay que perder de vista, cómo tendrá verificativo dicha propuesta, puesto que la justificación que ha encontrado el INE para proponerla, es que como la instancia que ahora cuenta con la atribución de fiscalización de manera exclusiva, será la forma en que pueda llevarse a cabo a nivel nacional, quitando la posibilidad de poder delegarla a los OPLes por cargas de trabajo.

Por otro lado, se cuenta que la Regulación en materia de Radio y TV, a efecto de evitar la contratación ilegal de tiempo y publicidad encubierta, se determinó que los debates organizados y difundidos en algunos medios, ahora se considerará la mitad del tiempo estimado para el periodo comprendido entre el fin de las precampañas y el inicio de las campañas electorales, y el otro 50% de los tiempos en Radio y Televisión, se destinará a los fines propios de las autoridades electorales y el resto a la difusión de mensajes de los partidos políticos conforme a los rubros que de forma particular hayan programado. Igual se ha considerado en el caso de los debates, por esa determinación contenida en la reforma electoral, de la que el PRD y el PT han argumentado en su medio de impugnación que el precepto con el que regula dichas actividades, no los puede obligar a una actividad específica sin acuerdo de los candidatos para los debates, es decir, con esta modificación, sólo bastaría la presencia de dos fuerzas políticas para que se lleven a cabo, sin tomar en cuenta a los demás partidos, lo que atentaría en mi opinión al principio de equidad y la libertad de expresión.

Como pueden observar de una revisión rápida a diferentes aspectos considerados en la Reforma Electoral como los retos para los comicios del 2015 a los que me he referido, no son pocos los puntos por reflexionar su viabilidad, siendo que son muy importantes para su desarrollo a nivel institucional; más aún si queda claro para todos los actores políticos que participarán para las elecciones y en su caso pudiera cimbrar a la columna vertebral del actual Sistema Político Electoral, que estará a prueba en una elección federal con la renovación de la Cámara de Diputados y los procesos electorales en 17 entidades federativas y el Distrito Federal, estoy seguro como en cada elección intermedia, estos comicios sirvan para determinar las premisas para las elecciones del 2018, además que creará los precedentes y criterios no establecidos o previstos para los aspectos de los que el Tribunal Electoral tenga que resolver derivado a los errores que toda reforma política electoral trae consigo, y más aún de la forma con que se dio esta última Reforma Electoral, servirá como la prueba de fuego sobre cómo será la interacción del INE con los diferentes OPLes en época electoral y en los periodos ordinarios subsecuentes.

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