Ha llegado la contrapropuesta a la reforma judicial por parte de la presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña. Se trata de dos documentos, el primero, denominado Jornadas Nacionales sobre la Reforma del Poder Judicial, resultado de los encuentros a lo largo y ancho del país de juzgadores del Poder Judicial de la Federación y sociedad civil; el segundo, Reforma integral al sistema de justicia en México: desafíos y propuestas, con críticas sobre los puntos centrales de la reforma judicial obradorista. Las propuestas tardías llegaron apenas un par de horas antes de que en el Senado se aprobara el dictamen de la reforma en comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos. Desde el 5 de febrero, el presidente exhibió sus cartas y la jugada se convirtió en un jaque mate sin retorno.
La lectura de la presidenta de la Corte ha sido limitada. Es falso que hubiese tenido tan solo unos meses para preparar una respuesta cercana a “detener la demolición del Poder Judicial”, fue lento el intento para “trabajar de la mano entre poderes por la justicia”. El primer intento fue la “Ley Zaldívar” en 2021, el segundo fue el “Plan B” con el paquete de reformas electorales, pasando por los debates para eliminar los fideicomisos de la Corte junto con la supuesta promesa de diluirlos para destinarlos a la reconstrucción de Acapulco tras el devastador huracán Otis y finalmente, las reformas del 5 de febrero de 2024. Lejos del diálogo, la presidencia de la Corte eligió la confrontación. No supo construir canales de difusión en términos simples ni cercanía con los usuarios de la justicia. Pero tampoco construyó solidez interna con el propio Poder Judicial, ni estrategias para resistir, escuchar o afrontar la crisis que hoy se vive. Con la confundida idea de que la independencia judicial es ensimismamiento, se evitaron los diálogos con otros juzgadores, así como los intercambios abiertos hasta que la reforma ya estaba presentada y no había más remedio.
Fueron tan improvisadas las acciones como los paros de labores y las protestas que además de haber sometido a consideración las posibles respuestas institucionales en último momento, las voceras magistradas del Poder Judicial daban datos no certeros. La desorganización sumada al completo terremoto para la credibilidad sobre “independencia judicial” cuando se revelaron las reuniones concertadas con figuras políticas de la oposición en plena temporada electoral.
Uno de los dos documentos advierte que “las reformas estructurales al sistema de justicia de cualquier democracia constitucional requieren de una cuidadosa consideración del contexto sociopolítico para evitar comprometer la independencia judicial y generar incertidumbre jurídica. La implementación de cambios abruptos sin una transición ordenada puede debilitar la carrera judicial y afectar la calidad de la justicia, particularmente en el plano de la protección de derechos humanos. Es fundamental que cualquier reforma de este alcance estructural se implemente de manera gradual, ordenada y con una amplia consulta a todos los actores involucrados.”
No hay nada más cierto y pareciera que esta crítica se incorporó cuando en la Cámara de Diputados, el dictamen se cambió para que la renovación fuese escalonada.
La principal preocupación es “el desmantelamiento de la carrera judicial y la viabilidad de la elección popular de personas juzgadoras”. En lo más valioso a retomar del primer documento analizado podría rescatar lo siguiente:
- ”La implementación de plazos estrictos para la resolución de conflictos podría afectar la calidad de las decisiones judiciales y no garantizaría la seguridad jurídica necesaria.”
- Ante los retrasos en la implementación de justicia, recomendaron “aumentar el número de personas juzgadoras, mejorar las condiciones laborales y la capacitación de todos los actores del sistema judicial, así como fomentar la participación ciudadana en el diseño de políticas públicas. También se sugiere avanzar hacia una justicia digital”
- Sugieren la “importancia de crear órganos itinerantes para atender a sectores marginados y asegurar que la justicia sea accesible para toda la ciudadanía”
Sobre el Tribunal de Disciplina Judicial
- Señalan que “la falta de claridad sobre los mecanismos de selección y supervisión de los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial podría politizar la justicia y comprometer la imparcialidad de las personas juzgadoras. Como alternativa, se recomienda fortalecer los mecanismos disciplinarios existentes dentro del CJF, en lugar de crear un nuevo tribunal. Esto incluiría aumentar la transparencia de los procesos de vigilancia y disciplina.” La digna crítica es que el Consejo de la Judicatura acumula récord de impunidad, pues prácticamente cada queja guarda un proceso de simulación del que jamás ha emergido una destitución administrativa.
- “La sustitución abrupta de personas juzgadoras podría generar un rezago en la resolución de casos, afectando directamente a las personas usuarias del sistema. Por ello, se recomienda una implementación gradual y escalonada que permita integrar nuevos perfiles sin comprometer la operación cotidiana del sistema de justicia, aprovechando el talento existente.”
Justicia especializada
- ”La reforma judicial debe priorizar la especialización desde la selección de las personas juzgadoras, asegurando que se realicen convocatorias específicas para cada área del Derecho. Además, es necesario implementar un sistema de evaluaciones diferenciadas que considere las particularidades de cada especialidad y que integre conocimientos en derechos humanos, perspectiva de género e infancias. Sin embargo, la reforma actual parece centrarse en un enfoque uniforme que podría no atender adecuadamente estas necesidades, lo que comprometería la calidad de las decisiones judiciales.”
Financiamiento
- ”El aumento de las cargas de trabajo que ha enfrentado el PJF junto con los recortes presupuestales de los últimos años es una de las preocupaciones reiteradas dentro de los diversos ejercicios de la jornada. El fortalecimiento del sistema de justicia tiene como punto de partida su adecuado financiamiento, una alternativa de diseño institucional relacionada con el presupuesto consistiría en asegurar un porcentaje fijo de los presupuestos federal y locales.”
- ”Reforma constitucional: • La asignación fija y no negociable de presupuesto anual para el PJF y el correlativo para los poderes judiciales locales. • Establecer partidas presupuestales con rango constitucional para aumentar la plantilla de personal, capacitación o la creación de nuevos órganos de administración de justicia, como personal pericial a nivel local y escuelas formación judicial en las entidades federativas.”
- ”Reforma legal: • Creación de juzgados itinerantes. • Servicio civil de carrera para defensores y fiscales. Reforma constitucional: • Modificar el juicio de amparo para hacerlo más ágil y eficiente. • Revisión de la legislación procesal ordinaria para lograr procedimientos accesibles para comunidades indígenas. • Fortalecimiento de los Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC) y de la justicia de paz con personas electas por las comunidades. • Establecimiento de un número mínimo de personas juzgadoras tanto federal y local por cada 100 mil habitantes.”
Jueces sin rostro
- ”La figura de las personas juzgadoras sin rostro supone un aumento en la opacidad y una mayor proclividad a la corrupción, al no estar en posibilidades de solicitar su recusación por conflicto de interés, conocer si han incurrido en tráfico de influencia o en nepotismo.”
En conclusión, estos insumos serán fundamentales para el momento próximo en que pueda discutirse una reforma a la justicia. Es claro que la reforma judicial que se discute es, en realidad, una reforma administrativa que apela a resignificar el papel político de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. No se trata de mejorar el acceso a la justicia ni de mejorar la experiencia de los usuarios que enfrentan litigios.
Se trata de un cambio mucho más profundo que no se aborda en ninguno de estos documentos, que tampoco guarda autocrítica y menos parece enfocarse en el impacto a los pesos y contrapesos constitucionales, así como a la función democrática de la Corte.
Entre lo destacado, la Corte plantea al legislativo derogar figuras jurídicas que propician la privación arbitraria de la libertad, tales como el arraigo y la prisión preventiva oficiosa, sin embargo, los documentos presentados a modo de ensayo y diagnóstico fueron anunciados al público a través de redes sociales e internet, sin que mediara una entrega institucional dirigida al legislativo y al ejecutivo.
Mucho menos hubo una propuesta redactada a modo de iniciativa de reforma o iniciativa de ley. Es decir, son insumos que podrán ser retomados por legisladores de oposición y en su caso, por legislaturas de los Estados. Este martes, las y los senadores están llamados a la sesión en que se prevé la aprobación de la reforma judicial en los términos en que la Cámara de Diputados envió el dictamen. No hubo contrarreforma. Hubo documentos de análisis de la reforma al poder judicial. Aun cuando pudieran ser incluidos algunos puntos mediante reservas de opositores, es poco probable que estas tengan la capacidad de cambiar el dictamen que mañana será sometido a votación.
Para terminar de perder la esperanza: Si es que a los legisladores de oposición les costó trabajo leer 44 hojas de dictamen que contiene la reforma judicial, ahora imagine usted cómo le harán con los documentos de la Corte, de 137 y 272 hojas respectivamente.
Hasta en ello ha errado la ministra presidenta. La oposición, ni con desvelos, podrá traducir ambos documentos a una sólida contrapropuesta de iniciativa en términos de técnica legislativa, una verdadera propuesta de contrarreforma. Aún así, aquellos insumos podrán ser retomados para el día en que haya que corregir el rumbo de los cambios que están por consolidarse. Tal vez, en 15 o 20 años.