México.- El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) recordó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe devolver el saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por concepto de sueldo a trabajadores, aunque el patrón no haya pagado las retenciones de este impuesto.

El instituto explicó que una tesis aislada de un tribunal colegiado de circuito, publicada el 14 de mayo, estableció que la devolución del saldo a favor del ISR procede al trabajador aunque el patrón no haya cumplido con declarar y entregar esta contribución al SAT.

Esto porque “la devolución de saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta procede al trabajador por concepto de sueldos y salarios, aunque no esté acreditado que el patrón cumplió con su obligación de declarar y enterar la contribución retenida”, según la los contadores.

SAT podría negar devolver ISR: contadores

Según el IMCP, el SAT niega con frecuencia devolver el saldo a favor del ISR de la declaración anual a personas físicas que ganan dinero por salarios.

Pero el criterio del Poder Judicial publicado el 14 de mayo, beneficia a los empleados que no ven este impuesto devuelto porque su patrón no pagó las retenciones.

Según el criterio, pese a que no se acredite el pago de las retenciones, de parte del patrón, el SAT debe proceder a su devolución. Por ende las personas pueden solicitarlo en su declaración anual.

Los contadores públicos, en consecuencia, pidieron mantener alerta a si el SAT decide o no la devolución de saldo a favor de los trabajadores en su declaración anual de 2020, y si uno de estos motivos es la falta de pago de retenciones del ISR.

De acuerdo con el IMCP, el patrón no necesita pagar el impuesto para que la devolución procesa, y el trabajador está en su derecho de exigir la devolución a través de recursos de revocación o juicios de nulidad, con base en el criterio del Poder Judicial.