El gobierno de México eliminó los aranceles en las importaciones de vacunas contra el Covid-19 y de tanques para oxigeno de uso medicinal, de acuerdo con el decreto publicado este 22 de febrero en el Diario Superior de la Federación (DOF).

El decreto para modificar la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación tiene el objetivo de facilitar la importación con arancel excento de las vacunas contra el Covid-19 y contribuir con el Plan Nacional de Vacunación

“Las medidas tienen como finalidad facilitar la importación con arancel exento de la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 (…) así como de los tanques de aluminio para oxígeno de uso medicinal a efecto de permitir el abasto de dicha mercancía que es esencial para enfrentar la contingencia sanitaria”

DOF

Vacunas tenían un arancel del 5% por kg

En el decreto se argumenta que el articulo 131 de la Constitución Política confiere al presidente AMLO la facultad extraordinaria para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de exportación e importación expedidas por el Congreso de la Unión.

El 1 de julio de 2020, el DOF publicó la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en la que se establece la Tarifa arancelaria aplicable a la importación y exportación de mercancías en territorio nacional.

Con ello, las vacunas contra el Covid-19 tenían un arancel del 5 por ciento por kilogramo, mientras los tanques de oxígeno tenían un arancel del 10 por ciento. Sin embargo, con el nuevo decreto los aranceles a dichos productos quedan eliminados.

Empresas de vacunas deben cumplir con todas las regulaciones

El decreto establece que es “urgente y necesario” crear tres fracciones arancelarias una correspondiente al Capítulo 30 para identificar las vacunas contra el covid-19, y dos correspondientes al Capítulo 76 para identificar los tanques de aluminio para oxígeno de uso medicinal, y en consecuencia suprimir una fracción arancelaria.

Sin embargo, las medidas previstas en el Decreto no sustituyen de la obligación de que las mercancías cumplan con todas las regulaciones y restricciones no arancelarias, y con todas las características de calidad y eficacia necesarias para proteger la vida y la seguridad de todas las personas.