México.- La reforma al Código Penal Nacional -que se hará oficial el próximo 1 de febrero- despenaliza el delito del aborto en México al eliminarlo del borrador de la iniciativa anunciada por la Fiscalía General de la República (FGR) como por la Consejería Jurídica de la Presidencia.

Con base en la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide el Código Penal Nacional, se elimina la tipificación y sanciones para el delito de “aborto” que contempla el Código Penal Federal aún vigente, recoge Aristegui Noticias.

Con base en la normativa que rige el actual sistema de justicia mexicano, el aborto se define como “la muerte del productos de la concepción en cualquier momento de la preñez” para lo cual incluye delitos de cárcel para la madre y los profesiones de salud o parteras que le asistan durante el procedimiento.

Despenalización del aborto sería a nivel nacional

Sin embargo, considera tres excepciones: cuando la muerte sea resultado de la imprudencia de la mujer embarazada o el embarazo sea producto de una violación y cuando el aborto se realice para proteger la salud de la madre por peligro de muerte.

La reforma al Código Penal Nacional propone la despenalización por no incluye ningún capítulo que tipifique el delito de aborto, además de la desaparición de seis artículos donde se incluían la definición, las sanciones y las excepciones en las que no se castigaba la interrupción del embarazo.

Aunque el borrador de la iniciativa excluye al aborto como delito en México, la propuesta aún debe pasar por la aprobación en el Congreso de la Unión.