3 de mayo de 2024 | 01:22 a.m.
México

Cámara de Diputados aprueba la revocación del mandato

La Cámara de Diputados no dio una fecha concreta para la consulta de la revocación, solo que será el primer domingo 90 días posteriores a la convocatoria y que no coincida con elecciones
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México.- La Legislatura LXV de la Cámara de Diputados ya le cumplió otra reforma al presidente Andrés Manuel Manuel López Obrador (AMLO): aprobaron en lo general y particular la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Con 290 votos a favor, 195 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó que la ciudadanía pueda solicitar y participar en una consulta para decidir si quieren que el presidente siga en el cargo.

Sin embargo, no se especificó la fecha en que se llevará a cabo la consulta de la revocación del mandato.

La Ley Federal de Revocación de Mandato pasará a AMLO para que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y se convierta en oficial al día siguiente.

Aprueban revocación del mandato; aún no hay fecha de consulta

Ayer 8 de septiembre Morena y aliados aprobaron en lo general y particular la Ley Federal de Revocación de Mandato.

De acuerdo con la fracción V del artículo 19, la pregunta que se realizará en la consulta será:

“¿Estás de acuerdo en que (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.

Pregunta para la revocación del mandato

Las y los diputados no especificaron la fecha en que deberá realizarse la consulta de la  revocación del mandato, pero señala que se deberá llevar a cabo el primer domingo 90 días después de publicación de la convocatoria y que no coincida con elecciones.

La ley de la revocación del mandato también señala que será el Instituto Nacional Electoral (INE) el encargado de la organización, desarrollo y cómputo de la votación.

Así como que la consulta de la revocación del mandato se hará con la petición de al menos el 3 % de las personas inscritas en la lista nominal del INE, al menos 17 estados, y que representen, como mínimo, el 3 % de la lista nominal de electores de cada uno de estos.