México.- El Tribunal Supremo de la India ha despenalizado el adulterio como una medida que dejaba a la elección de los maridos si las relaciones afectivas como otros hombres eran causa de delito o no. 

La ley que tenía al rededor de 150 años de antigüedad,  fue declarada como inconstitucional por una sala compuesta por cinco jueces, encabezada por Dipak Misra. El artículo 497 del Código Penal imponía penas hasta de cinco años de cárcel por adulterio no consentido por el marido. 

La revisión de la ley se deriva de la petición de un hombre indio que reside en Italia y que envío en agosto pasado una solicitud que sostenía que la norma ”discriminaba indirectamente a la mujer al tener la errónea percepción de que ellas eran propiedad de los hombres”. 

Aunque el Ejecutivo de la India no ha tomado parte de la deliberación final, la reforma representa un avance progresista para el país  que en cuestión de semanas ha anulado dos artículos discriminatorios heredados de la etapa colonia británica. 

A comienzos de Septiembre la misma Corte derogó una ley que consideraba que las relaciones sexuales entre hombres podían ser castigadas hasta con 10 años de prisión. 

Con información de El país y El mundo