La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó en un breve comunicado que junto con la Fiscalía General de la República (FGR) y la policía local decomisó 30 ejemplares de diferentes tipos de psitácidos o loros en Morelos.

Fue durante una visita de inspección que la Profepa decomisó 30 ejemplares de diferentes tipos de loros puesto que se comprobó que no estaban en un ambiente saludable ni recibían un trato digno.

La Profeca también identificó que en la posesión de los loros faltaba documentación legal.

Luego de este operativo para la protección animal por parte de Profepa, FGR y policía en Morelos, los 30 ejemplares de diferentes tipos de loros fueron llevados a una UMA donde recibirán atención y cuidados especializados.

Por las condiciones en las que fueron encontrados los 30 loros, la Profepa señaló que dará seguimiento al proceso administrativo para determinar las sanciones correspondientes.

Adicionalmente, de acuerdo con la misma Profepa, entre los meses de febrero a mayo es la temporada de mayor extracción de pollos de pericos, loros y guacamayas para su comercio ilegal.

Hasta 9 años de prisión para quien dañe o trafique con especies como el loro

De acuerdo con la misma Profepa y el artículo 420 en las fracciones IV y V del Código Penal Federal, se dará hasta 9 años de prisión para quien dañe o trafique con especies como el loro.

La fracción IV del artículo 420 del Código Penal Federal dispone lo siguiente:

“IV. Realice cualquier actividad con fines de tráfico, o capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar, sus productos o subproductos y demás recursos genéticos, de una especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte”

artículo 420, fracción IV del Código Penal Federal

La fracción V del artículo 420 del Código Penal Federal dispone lo siguiente:

“V. Dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas señaladas en la fracción anterior.”

fracción V del artículo 420 del Código Penal Federal

También para quien dañe o trafique con especies animales como el loro será acreedor a una sanción económica equivalente de trescientos a tres mil días multa.

Además se aplicará una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas prohibidas en el artículo 420 se realicen en o afecten un área natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales.

Imagen representativa.

¿Cuáles son los tipos de psitácidos o loros que hay en México?

En México hay 22 especies de psitácidos o loros, que están protegidos por las leyes mexicanas, puesto que según la Profepa sus poblaciones han disminuido en las últimas tres décadas, por su captura de manera ilegal o por destrucción de sus hábitats naturales.

En México, los psitácidos o loros son agrupados en cuatro categorías de acuerdo a su tamaño y son los siguientes:

  • Guacamayas (géneros Ara y Rhynchopsitta)
  • Loros y cotorros (género Amazona)
  • Pericos (géneros Aratinga, Pionus y Pyrilia)
  • Periquitos (géneros Brotogeris, Bolborhynchus y Forpus)
LOROS/INTERNET