Hay debate y aun molestia en los medios de comunicación porque Eduardo Medina Mora no ha dado a conocer la “causa grave” que lo ha llevado a renunciar a su cargo.

En Milenio, Carlos Puig ha citado el artículo 98 constitucional:

“Las renuncias de los ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al ejecutivo y, si este las acepta, las enviará para su aprobación al Senado”.

Después de ello, Puig ha expresado que “ni Eduardo Medina Mora en su carta al presidente López Obrador, ni Olga Sánchez Cordero, secretaria de Gobernación, en su notificación al Senado de la aceptación de la renuncia de parte del presidente han explicado la causa o causas graves que han provocado la renuncia”.

En el mismo diario, Joaquín López-Dóriga ha expresado que “para los legos, nos queda la duda de la falta de claridad pública de la causa grave que provocó la renuncia”.

Con mayor conocimiento del derecho y con una elevada dosis de sentido común, un hombre sabio, Javier Quijano, jurista competente y preparado como el que más, me ha dicho lo siguiente:

“El hecho de que un ministro de la Corte renuncie sin expresar causa alguna, es suficientemente grave como para ya no requerir otra. La idea de cargos irrenunciables es una falacia. Nadie puede ser obligado a ejercer un cargo contra su voluntad, sin importar que lo mande la ley o la Constitución. Simplemente no se puede, ni jurídica ni físicamente. El ministro Eduardo Medina Mora ha decidido renunciar. No ha expresado causa alguna. No comparecerá ante el Senado. No quiere decir nada. Eso es todo. ¿Será posible obligarlo a seguir en su cargo?”

Creo que lo expresado por Quijano resuelve el problema. Es bastante grave que Medina Mora haya renunciado a un cargo tan importante, punto. Lo que sigue es buscar a alguien que le reemplace. Y a don Eduardo desearle suerte en lo que venga para él.