Emanados del Derecho Humano y su Garantía, la Protección de Datos personales y además plasmado en el articulo 16, segundo párrafo, son los Derechos ARCO. Estos Derechos son los de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición que podemos hacer validos primero, ante el Responsable que recabo nuestros datos personales o en su caso, ante el IFAI, autoridad encargada de velar por el buen uso de nuestros datos personales.
Como ya hablamos la semana pasada, el derecho fundamental a la protección de datos personales tiene por objeto garantizar a toda persona el poder de decisión y control que tiene sobre su propia información, esto es, el uso y destino que se le da a sus datos personales.
Ahora bien, el responsable, en todo momento, se encontrará obligado a cerciorarse de la identidad del titular que pretenda ejercer sus derechos de ARCO, así como en el caso que se busque revocar el consentimiento; en estos casos, será indispensable que el titular presente cualquiera de las siguientes identificaciones:
La explicación de los derechos ARCO, es muy sencilla; cada persona tiene el poder de disposición o decisión sobre su propia información, esto conlleva necesariamente el derecho de acceder y conocer si su información personal está siendo de tratada, así como el alcance, condiciones y generalidades de dicho tratamiento. También cada individuo tiene la obligación de rectificar la información para saber si esta resulta ser incompleta o inexacta, ademas de solicitar al responsable la cancelación de sus datos personales cuando considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la Ley. Cabe señalar en este punto que NO serán cancelados lo datos, o NO en absoluto si entran en los siguientes supuestos:
Ahora bien, cada persona tiene el derecho de oponerse o solicitar el cese del tratamiento de su información personal al responsable, en los siguientes casos:
En cualquier momento, el ejercer estos derechos ARCO son de manera gratuita. Este derecho puede ser llevado a cabo por el interesado o su representante legal. Y este derecho en primera instancia debe de ser solicitado ante el responsable de los datos, que a estas alturas ya tiene que tener una personas responsable del tratamiento de los datos o un departamento especializado en este tema. El plazo máximo para recibir contestación es de 20 días hábiles.
Por supuesto que el Responsable puede negar el ejercicio de los derechos ARCO a la persona que así lo solicita, y puede ser por estos supuestos:
En caso de que no se esté conforme con la respuesta del particular o responsable, el titular podrá presentar una solicitud de protección de derechos ante el IFAI. Este, tendrá que contestar en 15 días hábiles. El IFAI deberá dictar un acuerdo de admisión o desechar las pruebas y dar un seguimiento al respecto que puede tardar hasta 70 días en una audiencia.
Es muy importante saber que cualquier persona puede denunciar ante el IFAI el tratamiento indebido de sus datos personales. El Pleno del Instituto determinará, de manera fundada y motivada, la procedencia de iniciar la verificación correspondiente. La siguiente semana hablaremos de las sanciones y los vacíos que se encuentran en la Ley Federal de Protección de Datos en Posesión de Particulares, pero de lo que si podemos estar seguros, es de que esto avanza poco a poco, aunque se necesita de mayor prestancia por parte de la autoridad.