¿Por qué un Sistema Nacional Anticorrupción y cuáles son sus beneficios?

Dando nuevamente un paso histórico, en esta ocasión a favor de una nueva cultura de la legalidad, Enrique Peña Nieto promulgó la Reforma Constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción, que no sólo aplicará un modelo normativo, sino también emitirá recomendaciones para mejores prácticas de gobierno anualmente a funcionarios públicos.

Aprobada el 21 de abril del 2014 en lo general por el Senado de la República y el 27 de febrero del 2015 por la Cámara de Diputados, esta reforma tiene dentro de sus puntos principales que las leyes anticorrupción y de transparencia involucren a la sociedad, dándole armas para exigir que el gobierno coloque la información respecto a qué se está haciendo con el dinero público, así como castigar en caso de irregularidades.

Al promulgar la reforma constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción, el presidente Enrique Peña Nieto, ante representantes de los poderes de la Unión, institutos autónomos, líderes de partidos políticos y académicos, aseguró que así como México venció las dudas que se tenían en el pasado respecto a transitar hacia una democracia plena y con alternancia, hoy logrará erradicar con éxito el flagelo de la corrupción.

Esta reforma tiene como objetivo central combatir la impunidad en el servicio público, es importante que se haga un cambio estructural para combatir con mayor eficacia el cohecho, la extorsión o el tráfico de influencias en el servicio público.

La sociedad hoy en día tiene una percepción negativa hacia sus autoridades, México según el Índice 2014 de Percepción de la Corrupción elaborado por Transparencia Internacional se encuentra ubicado en el lugar 103 de 175 naciones, sin embargo, con el Sistema Nacional Anticorrupción se coadyuvará a fortalecer el clima de legalidad en el desarrollo de negocios, en las inversiones, en el comercio; y en consolidar condiciones de transparencia en el desarrollo de infraestructura y la aplicación de programas sociales.

Se cuenta con cinco puntos fundamentales:

1. La creación de un Comité Coordinador con los sistemas estatales de combate a la corrupción, que agrupará a distintas instancias, como la Secretaría de la Función Pública, el Consejo de la Judicatura Federal, el Instituto Nacional de Transparencia y el Comité de Participación Ciudadana.

2. Se fortalecen las facultades de fiscalización de la Auditoría Superior de la Federación, que además, amplía de 3 a 7 años la prescripción de faltas administrativas graves, dotando a la justicia de un alcance transexenal.

3. Se creará el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, órgano competente para imponer las sanciones a servidos públicos y particulares que incurran en actos de corrupción.

4. A partir de esta reforma, el Senado de la República ratificará el nombramiento del titular de la Secretaría de la Función Pública.

5. Se faculta al Congreso de la Unión para expedir, en un plazo máximo de un año, la ley general que establezca las bases de coordinación del nuevo Sistema Nacional Anticorrupción.

Dentro de la Reforma Constitucional del Sistema Nacional Anticorrupción es importante mencionar también los puntos clave que se contemplan:

1. La Sala Superior del Tribunal se compondrá de dieciséis magistrados que durarán en su encargo quince años improrrogables.

2. En Estados y municipios. La Auditoría Superior de la Federación (ASF) fiscalizará los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y las delegaciones.

3. Sobre Fideicomisos. La ASF fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos, públicos y privados (hasta ahora inescrutables).

4. En Ejercicios anteriores. La ASF podrá solicitar y revisar, de manera casuística y concreta, información de ejercicios anteriores al de la Cuenta Pública en revisión.

5. Respecto a Informes. La ASF deberá entregar a la Cámara de Diputados, los días 1 de los meses de mayo y noviembre de cada año, un informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas.

6. Sobre Cooperación. Los Poderes de la Unión, las entidades y las demás entidades fiscalizadas facilitarán los auxilios que requiera la ASF para el ejercicio de sus funciones, sin pena de ser sancionados.

7.Sanción. Los servidores públicos federales y locales deberán proporcionar la información y documentación que solicite la ASF. En caso de no proporcionar la información, serán sancionados en los términos que establezca la ley.

8. Declaración patrimonial. Los servidores públicos estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determine la ley.

9. Enriquecimiento ilícito. Las leyes determinarán los casos y las circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que durante el tiempo de su encargo, o por motivos del mismo, por sí o por interpósita persona, aumenten su patrimonio, adquieran bienes o se conduzcan como dueños sobre ellos, cuya procedencia lícita no pudiesen justificar.

10. Denuncia ciudadana. Cualquier ciudadano, bajo su más estricta responsabilidad y mediante la presentación de elementos de prueba, podrá formular denuncia ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión respecto de las conductas a las que se refiere el presente artículo.

11. Comité de Participación Ciudadana. Deberá integrarse por cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción y serán designados en los términos que establezca la ley.

Así como los mexicanos hemos logrado consolidar nuestra democracia, venceremos este desafío de combatir la corrupción. México tiene, en las reformas constitucionales de Transparencia y de Combate a la Corrupción, dos pilares para lograr una gestión pública basada en la integridad y en la rendición de cuentas.

Para que el sistema funcione se requiere reformar el sistema de responsabilidades para lograr una mayor profesionalización y delimitar obligaciones de los funcionarios públicos.

Si el Presidente y el Congreso deciden realmente enfrentar la corrupción, deberán diseñar medidas de largo plazo que sin duda afectarán alianzas e intereses políticos pero que también atenderán las exigencias que requiere el país y los ciudadanos.

Ricardo Chew López

Dirigente Nacional

Expresión Juvenil Revolucionaria

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