Desde que estudiaba en el Colegio de Ciencias y Humanidades, plantel Vallejo, de la UNAM (1977-1980), leía los textos de Raúl Trejo Delarbre que publicaba en prensa. En aquel tiempo él era especialista en asuntos de comunicación y política. Más tarde, se especializó en movimientos sociales, asuntos de la democracia, políticas laborales y sindicalismo.

Recuerdo un libro, que todavía conservo, coordinado por él: Televisa: El Quinto Poder (1985), que se refería al poder político y cultural de la mencionada televisora y de ciertos medios de comunicación, que ocupaban (y ocupan hoy) espacios de poder público sin ser parte constitutiva del Estado, como sí lo son los poderes de la República.

Esta descripción viene a cuento porque en días pasados hice un comentario sobre un tuit publicado por Ciro Murayama Rendón, consejero del Instituto Nacional Electoral (INE). Esto fue lo que escribió Murayama:

“Ahora resulta que uno deja de ser imparcial si recuerda que: A) La Constitución se refiere a “revocación de mandato”, nunca a ratificación; B) La revocación es una elección nacional. Si defender la letra constitucional y denunciar trampas les incomoda, ni modo. Seguiremos”

Éste fue mi comentario:

“Ese no es el punto. El problema es tu violación sistemática del principio de ‘imparcialidad’ como consejero del INE”

Cabe recordar que Ciro Murayama en la administración pública ha prestado sus servicios como coordinador ejecutivo de Investigación en el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República (2013-2014). Fue asesor del consejero presidente del Instituto Federal Electoral, José Woldenberg, de 1999 a 2003 y miembro del Comité Técnico del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) de los procesos electorales federales 2008-2009 y 2011-2012, según la nota biográfica que aparece en la página oficial del INE.

Desde luego que Ciro Murayama jamás me respondió. En cambio, Raúl Trejo Delarbre (@ciberfan), el prestigiado periodista, profesor e investigador del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, me escribió, vía mensajes personales de Twitter. Lo que viene a continuación es el breve intercambio de ideas que sostuvimos en ese medio (24 y 25 de nov., 2021):

Raúl Trejo Delarbre (RTD): ¿En qué no es imparcial el consejero Murayama? Dígame un solo caso.

JCMA: Se ha cansado de llamar “populista” al gobierno democráticamente electo. Salu 2

RTD: No es así. El consejero Murayama ha hablado de populismo al discutir ese concepto en foros académicos, pero no lo ha adjudicado al gobierno de México. El año pasado presentó el libro de Nadia Urbinati, un excelente trabajo sobre ese tema. Es innegable que AMLO es un líder populista pero el consejero no lo ha dicho así. Saludos.

JCMA: Estimado Raúl: Espero que no tenga inconveniente en hacer público este intercambio de puntos de vista. Un abrazo. Publicaré un comentario sobre este intercambio en SDP Noticias. ¿Me autoriza a citar sus breves textos aquí expresados?

RTD: Si quiere, menciónelo. Ojalá pueda aclarar que es un intercambio en Twitter (en donde no hay espacio para una argumentación amplia) y en respuesta a una afirmación suya.

JCMA: Así lo haré. Un abrazo.

Es evidente que el consejero Murayama Rendón (ante confesión de parte, relevo de pruebas) sí se ha pronunciado públicamente en contra de las autoridades federales (Poder Ejecutivo) de nuestro país, democráticamente electas en 2018. Por lo tanto, su comportamiento es parcial y con tendencia a favorecer ciertas expresiones e ideas contenidas en las plataformas políticas de los partidos de oposición al régimen de la “Cuarta Transformación”. Lo mismo que ha manifestado el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova.

“Posteriormente, esto escribí en mi cuenta de la citada aplicación en redes sociales digitales: Mientras los consejeros del @INEMexico ejerzan sus cargos, se deberán de abstener de emitir preferencias o fobias políticas personales. Esto, en atención al principio de imparcialidad como árbitro electoral. Y si no lo pueden hacer, que renuncien @CiroMurayamaINE @lorenzocordovav”

“Me parece que estamos frente a un tema que no solamente es de interés para especialistas en los procesos electorales o de relaciones de poder político, en México, sino también es un tema o un debate importante sobre la educación cívica y el papel que deben de jugar los Consejeros Electorales (como árbitro) en una época en que la democracia en nuestro país se encuentra en pañales”

A continuación, cito algunas de las atribuciones de los consejeros electorales, de acuerdo con el Artículo 13, párrafo 1, del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral:

  • Desempeñar su función con autonomía, probidad y respeto.
  • Asistir a eventos de carácter académico o institucional a nombre del Instituto ante toda clase de autoridades, entidades, dependencias y personas físicas y morales, previa designación hecha por el Consejo o, en su caso, por el presidente del Consejo de común acuerdo.
  • Participar en los eventos a que sea invitado, en su calidad de consejero por organizaciones académicas, institucionales y sociales, nacionales o extranjeras, buscando que dicha participación redunde en beneficio de los fines del Instituto.

La fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en el ejercicio de la función electoral a cargo de las autoridades electorales serán principios rectores los de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza e independencia.

Aunque existe un Código de Ética de la Función Pública Electoral y el Código de Conducta del INE, los senadores del Partido del Trabajo (PT) Miguel Ángel Lucero Olivas y Geovanna Bañuelos de la Torre “presentaron una iniciativa para garantizar la neutralidad del árbitro durante los procesos electorales, por lo que propusieron incorporar a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales el “Código de Ética” para guiar las acciones de las y los consejeros electorales mediante el establecimiento de normas que deberán seguir todos los servidores públicos del Instituto Nacional Electoral”. (1)

“La actuación mediática, indebida y abiertamente sesgada de dos consejeros electorales ha buscado influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, violando flagrantemente los pilares esenciales de la democracia”, señaló el legislador al presentar la propuesta”.

“Mediante una iniciativa, presentada a la Comisión Permanente, que busca adicionar un artículo 38 bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el senador Miguel Ángel Lucero destacó que la actuación de los servidores públicos electorales no debe tener algún tipo de preferencia por cualquiera de las partes involucradas.”

“Es decir, no debe expresarse incluso en términos vagos o ‘académicos’ en consonancia o disonancia con algún tipo de interés político o de otro tipo que pueda influir su actuación como autoridad electoral”.

Tanto Ciro Murayama Rendón como Raúl Trejo Delarbre son miembros activos del Instituto de Estudios para la Transición Democrática (IETD).

(1) Nota de Luis Carlos Rodríguez y Víctor Gamboa, publicada por El Universal, el 20 de mayo, 2021

Juan Carlos Miranda Arroyo en Twitter: @jcma23