Imagine usted que a su hijo le diagnosticaron una trombosis por la que deben cortarle una pierna y a su solicitud de colocarle una prótesis para transitar a su nueva realidad, se la han negado por falta de recursos. De hecho, ni siquiera le ofrecieron terapia psicológica para el menor. Usted ha recurrido al Poder Judicial de la Federación porque una autoridad le ha negado acceder a sus derechos. Pero la vida es una tómbola y su asunto ha llegado a manos de un juzgador por insaculación recién egresado, joven y comprometido con ideales de la izquierda que consideran la terapia psicológica y la prótesis como un privilegio, le han denegado la solicitud recomendándole que pida una beca del bienestar para personas con discapacidad y de ahí se pague una terapia o bien, que acuda al DIF e ingrese a la fila de espera para recibir este servicio. Sobre su prótesis, ni lo sueñe.
La respuesta le llegó 3 meses después, ya sabe, la curva de aprendizaje en un nuevo cargo provocó algo de retrasos. Su menor ha sido dado de alta y su vida ya cambió por completo. Prácticamente, ha renunciado a su trabajo para poder cuidarle y ahora, además de que no hay prótesis, no hay tampoco escuela pública que pueda asumir la responsabilidad de enseñar a su hijo en aquellas condiciones, le piden que busque una escuela especial o distinta pues además de la discapacidad física, la depresión y emociones le impiden concentrarse. ¿Promovería otro amparo? ¿Simplemente se resignaría? Pero espere, resulta que la Corte, ahora conformada de manera distinta, determina que las resoluciones del pasado dejarán de ser válidas y su única opción eran las resoluciones donde en algún momento, el poder judicial ordenaba entregar prótesis y dispositivos en cumplimiento del derecho a la salud, así como brindar terapia psicológica gratuita a menores en situaciones como la de su hijo. Un defensor público se lo dijo y le mostró que había evidencia de que pudo ser una negligencia médica del IMSS-Bienestar, es decir, que la trombosis pudo atenderse de una manera distinta a amputarle la pierna. Pero ahora, los precedentes de responsabilidad civil del Estado también quedarían invalidados pues el gobierno no cuenta con los recursos para indemnizar y menos, para otorgar “privilegios”.
En la televisión se siguen promocionando las elecciones judiciales y la insaculación, la propaganda dice que ahora, una planilla de candidatos va en contra del privilegio de los hospitales privados y que si usted quiere recibir atención de primera, vote.
Hoy, para evitar todo lo anterior y anteponiendo que esta historia es una de tantísimas posibilidades atroces que se ofertan como parte de la decadencia institucional ofrecida en el reciente dictamen de la reforma judicial, en varios estados del país hay un paro de labores. No están luchando simplemente por sus derechos laborales y por no perder sus pensiones o plazas y contrataciones, como cuando fue el caso de la empresa Luz y Fuerza.
Luchan por algo más profundo que es evitar la crisis constitucional que conllevaría la reforma al poder judicial, que si bien, requiere cambios, los anunciados no fortalecen la justicia si no que abren la puerta a peores resoluciones como la narrada al inicio de esta columna, que en el mundo de la hilaridad posiblemente no sea tan grave como otros casos en los que pudiera involucrarse la vida o libertad personal. Para disgusto de los que destruyen al poder judicial atacando su imagen y destacando sus errores, que existen sin ser la regla, el paro de labores tiene una excepción: la urgencia. A pesar de que las y los trabajadores, juzgadores y defensores han salido a protestar a las calles, los órganos jurisdiccionales atienden casos urgentes en los centros de justicia penal federal, en los juzgados de distrito especializados en materia de ejecución de penas, en el Centro de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones, en el Tribunal Laboral de Asuntos Colectivod, en los colegiados de circuito, en los colegiados de apelación y principalmente en las materias de mayor impacto a la sociedad que son civil y penal.
No hay argumento para decir que a los juzgadores no les importa la justicia pues aún en tales condiciones, en el que paro de labores es la abrupta salida para defender la división de poderes, la autonomía del poder judicial, la misión protectora de derechos fundamentales y los derechos de todas las personas que han hecho carrera judicial comenzando desde lo más bajo, aún así hay trabajo y servicio de impartición de justicia.
Seguramente, en esta cadena de hilaridades, después de todo lo vivido, escuchar a Arturo Zaldívar diciendo que la tómbola hará a los juzgadores más libres hace que la noticia verdadera supere las “fake news”.
POR CIERTO, en Colombia, la Corte Constitucional de Colombia ha emitido su primer fallo sobre el uso de inteligencia artificial (IA) en el ámbito judicial. Este fallo, que inaugura una nueva etapa en la regulación de la tecnología en el sistema de justicia, define claramente los parámetros para la utilización de herramientas como Chat GPT en el poder judicial, subrayando que, aunque la IA no puede sustituir a los jueces, sí puede ser utilizada como un recurso complementario en ciertas funciones. Así que el siguiente paso de esta reforma, debería ser que los juzgadores resuelvan con inteligencia artificial. Tal vez, el algoritmo sea más confiable que el promedio de 8 en la ‘Universidad Patito’ en este mar de hilaridades.