México.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con el que se reforman artículos de la Constitución para que el presidente de la república pueda ser juzgado por  corrupción, delitos electorales y otros delitos considerados como "graves". 

Destacado por la bancada de Morena y sus aliados como la eliminación del fuero presidencial, el proyecto fue aprobado con 420 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones, por lo que fue devuelto al Senado de la República.

En su discusión, los legisladores de la mayoría consideraron el proceso como un hecho histórico, pues con el aval oficial por fin se cumple una de las premisas demandada por millones de mexicanos, respecto a que todos los ciudadanos deben ser iguales ante la ley.

Pese a que gran parte  de la bancada del PAN votó a favor del dictamen, el diputado Ricardo Villarreal aseguró que con la iniciativa no se elimina en su totalidad el fuero presidencial, pues aún cuando el presidente en turno, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), podría ser juzgado, para el inicio del procedimiento se debe de contar con el respaldo del Senado de la República, mismo que actualmente está en control de la mayoría y que, en caso de un hipotético escenario de acusación en contra del mandatario, seguramente no daría curso al procedimiento. 

El dictamen, que da seguimiento a una iniciativa originalmente presentada por AMLO en diciembre de 2018,  modifica los artículos 108 y 111 de la Constitución, en donde se establece que el titular del Poder Ejecutivo federal podrá ser juzgado, durante el periodo que dure su encargo, por corrupción, delitos electorales y otros delitos establecidos en el Artículo 19 de la Constitución, tales como: abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, delitos contra la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.

Respecto al Artículo 111, la reforma establece que la acusación contra el titular del Poder Ejecutivo sólo podrá presentarse ante el Senado, mismo que resolverá la procedencia o improcedencia del recurso. 

Del dictamen elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, quedó eliminada la redacción planteada por el Senado que incluía a legisladores de ambas cámaras entre los sujetos a juicio por los delitos señalados sobre la figura presidencial.