La diputada federal Elena Edith Segura Trejo, de Morena, propuso modificar el artículo 4º constitucional para reconocer el derecho a una muerte voluntaria asistida.
La reforma establecería que personas adultas, capaces de decidir y diagnosticadas con enfermedades incurables e irreversibles puedan manifestar su voluntad sobre el final de su vida.
Si la propuesta avanza, el reconocimiento constitucional tendría que acompañarse de cambios legales para establecer requisitos, procedimientos médicos, controles y mecanismos de supervisión.
¿En qué casos aplicaría la muerte voluntaria asistida propuesta por Elena Segura?
La iniciativa contempla circunstancias excepcionales, particularmente enfermedades incurables e irreversibles que provoquen sufrimiento grave, deterioro progresivo de la calidad de vida o pérdida considerable de autonomía.
Para acceder a esta alternativa, las personas tendrían que ser mayores de edad y conservar plenamente su capacidad para tomar decisiones respecto a su atención.

Además, la voluntad debería expresarse de manera libre, informada, consciente y reiterada, con el propósito de acreditar que la decisión no responde a presiones externas.
Segura plantea controles para proteger a personas vulnerables y evitar que familiares, instituciones, personal médico u otras circunstancias influyan indebidamente en una decisión irreversible.
La propuesta también busca establecer garantías frente a posibles omisiones médicas o abusos, mediante reglas específicas que tendrían que desarrollarse posteriormente en leyes secundarias.
En caso de aprobarse la modificación constitucional, el proyecto establece un plazo de 90 días para realizar la armonización legislativa correspondiente en el país.
Durante ese periodo deberían definirse los procedimientos, requisitos y mecanismos de supervisión necesarios para convertir el reconocimiento constitucional en un derecho aplicable bajo condiciones específicas.
Con ello, Segura plantea trasladar el debate de una discusión exclusivamente médica hacia el ámbito de los derechos constitucionales, autonomía personal y protección de pacientes.






