La pena de muerte es una condena que no se aplica en México desde hace tanto tiempo que ya llovió desde ese entonces.

La pena de muerte fue considerada un castigo cruel e inhumano por varios riesgos, entre los que se encuentra el ejecutar a personas inocentes o la ausencia de pruebas; además de atentar contra el derecho primordial a la vida.

Por estas razones, desde hace muchas décadas que la pena de muerte no se aplica en México pero, ¿cuándo se aplicó por última vez? Te contamos todo en esta nota.

¿Cuándo se aplicó la pena de muerte por última vez en México?

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) indica que la última pena de muerte, donde se ejecutó a un civil, se llevó a cabo en el año de 1937.

No obstante, fue hasta el año de 1961 que se aplicó la pena de muerte donde se ejecutó a un militar, el 9 de agosto de ese año.

Esta pena de muerte se llevó a cabo en el paredón de la Sexta Zona Militar en Saltillo, Coahuila.

La pena de muerte aplicada por última vez en México se llevó a cabo cuando un juez militar sentenció al soldado José Isaías Constante Laureano a la pena capital.

Los delitos del militar fueron:

  • “insubordinación con vías de hecho”
  • homicidio

Esto porque el soldado José Isaías Constante Laureano ultimó a su superior, el subteniente Juan Pablo MaDobecker y al soldado de infantería Cristóbal Granados Jasso, además de causar lesiones a un civil de nombre Juan Rodríguez Bernal.

A Héctor García lo hallaron culpable de la muerte de un joven de 14 años.

México se opone a la pena de muerte

La CNDH afirma contundentemente que México se opone, por cuestión de principio y por tratarse de un acto de naturaleza irreversible, a la pena de muerte.

La pena capital es un castigo cruel e inhumano que atenta contra el derecho primordial a la vida.

La experiencia demuestra el enorme riesgo que existe en todo enjuiciamiento. La imposición de la pena de muerte por error traería como consecuencia un acto injusto que no puede ser revertido.

CNDH

Asimismo, la CNDH indica que un crimen no se remedia cometiendo otro, por lo que el Estado no puede permitir que el castigo a un delito sea por debajo de los estándares mínimos de protección a los derechos humanos.

En ese sentido, la pena de muerte en México fue prohibida formal y completamente del Código de Justicia Militar desde el año 2005 y se sustituyó por la pena de prisión.

Aunque desde la promulgación de la Constitución de 1917, se establecieron en el artículo 22 algunas consideraciones sobre la pena de muerte que aún se podían aplicar para delitos como:

  • el traidor a la patria en guerra extranjera
  • al parricida
  • al homicida con premeditación
  • alevosía y ventaja
  • al incendiario
  • al plagiario
  • al salteador de caminos
  • a los de piratería que defina la ley
  • a los reos de delitos graves del orden militar

Por otra parte, México se adhirió el 26 de septiembre de 2007 al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, de 1989.

Así como al Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte de 1990, el 28 de junio de 2007.

De lo expresado, no debe quedar duda que en nuestro país, tanto por tradición como por obligación internacional, no hay cabida a la pena de muerte.

Más allá, al suscribir los instrumentos señalados, el Estado mexicano no puede volver atrás.

Conforme al artículo 4.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados que hayan abolido la pena de muerte no pueden restablecerla en el futuro. México no puede dar marcha atrás, la pena capital está prohibida y no puede, por obligación internacional, restaurarse.

CNDH
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