En 1969 (Diario Oficial de la Federación de fecha 1 de junio de 1969) se estableció por Acuerdo Presidencial un impuesto especial, ajeno al sistema jurídico de creación de normas impositivas, a las empresas concesionarias de radio y televisión del 12.5% de su tiempo total como una suerte de impuesto en especie. Ese conspicuo impuesto fue abrogado y sustituido por otro que estableció 18 minutos diarios en tiempos preferenciales (publicado en el DOF de fecha 10 de octubre del 2002).

En el marco de la Semana Nacional de la Radio y la Televisión, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció revisar ese impuesto sin decirlo por su nombre, pero sí de forma implícita. Hay que señalar que los medios concesionados (ahora también incluyendo a los públicos, comunitarios y universitarios) deben ceder espacios de sus tiempos de transmisión en tres casos: Los denominados tiempos del Estado previstos en los artículos 251 y 252 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión “con una duración de hasta treinta minutos continuos o discontinuos, dedicados a difundir temas educativos, culturales y de interés social. Los tiempos de transmisión serán administrados por la Secretaría de Gobernación, la que oirá previamente al concesionario y de acuerdo con ellos fijará los horarios a lo largo de sus horas de transmisión” (artículo 251, primer párrafo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión), los tiempos fiscales ya señalados al principio, así como los “encadenamientos” nacionales previstos en los artículos 217 fracción II y 224 de la citada Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Tanto los tiempos de Estado y los “encadenamientos” son ejercicios comunes en la experiencia democrática comparada. Los tiempos fiscales son excepcionales y no hay- he investigado a fondo este tema en particular- ningún país democrático que tenga semejante contribución en especie adicional al IVA y al Impuesto sobre la Renta. En algunos países hay un pago de una tasa anual simbólica por cada medio concesionado que jamás se compara con el valor comercial del tiempo aire mexicano.

El presidente López Obrador ha sido sensible a una práctica confiscatoria y tolerada por los concesionarios y festejada por muchos grupos que ven en las empresas de medios electrónicos una especie de enemigo a vencer, pero sin aportar elementos argumentales para sustentar la racionalidad de semejante contribución especial que se aleja de la naturaleza que rige al derecho fiscal.

Creo, independientemente de que me caigan bien o mal los medios concesionados, esté o no de acuerdo con su programación, que debe haber reglas iguales para todos, que es parte del principio de legalidad que debe observar el Estado mexicano. Este anuncio presidencial me parece atinado y pone de relieve que no hay filias ni fobias. Ni tampoco- es importante dejarlo en claro- se busca otorgar privilegios a los medios electrónicos, sino retirarles un agravio histórico. Bien.

@evillanuevamx

ernestovillanueva@hushmail.com