El acceso a la justicia es un principio básico de todo Estado democrático de derecho, esencial para la protección y promoción de los derechos humanos y libertades, rector en el ejercicio jurisdiccional y parte del derecho a la tutela judicial efectiva, sin su ejercicio, las personas no pueden hacer oír su voz y hacer frente a los que les afecta.

Dicho lo anterior, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconocen el derecho de las personas a un efectivo acceso a la justicia gratuito, a ser escuchada o escuchado, con las debidas garantías y dentro de los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial, debidamente fundada y motivada.

En este contexto, la semana pasada tuvo lugar el foro denominado “Justicia Electrónica en la Ciudad de México”, espacio abierto, plural e incluyente convocado por la presidencia de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México.

La confluencia comprometida y provocada así, desde el órgano legislativo local, me parece que fue una experiencia de la mayor riqueza. Sus resultados debidamente difundidos y recopilados como lo fueron, son las visiones mismas, las ideas, complejidades detectadas, oportunidades y posibilidades que desde el ejercicio cotidiano de su labor profesional, compartieron e intercambiaron, autoridades jurisdiccionales, legislativas, académicas.

Expertas y expertos integrantes de organismos autónomos y practicantes del derecho en torno a un tema cuya sustancial construcción es una obligación fundamental de las instituciones públicas de todo ámbito y nivel de gobierno, misma que debe cumplirse dialogando con la sociedad, ya que en su conjunto constituye una necesidad evidente e impostergable en su atención: la justicia electrónica.

Los Estados se han sofisticado no solo en lo administrativo sino también, en un sentido tecnológico. La transparencia y la rendición de cuentas entendidas en un sentido amplio, es decir, mucho más allá de las normas y como un modo de relación sustancial entre las personas y sus instituciones ha permeado y se ha servido de lo digital.

Hoy, miles de trámites, solicitudes, denuncias, seguimientos e interacciones de las personas con las instituciones se realizan y pueden realizarse a través de dispositivos que sostenemos en la palma de la mano y llevamos a todos lados. Sin embargo, el derecho básico de justicia, sin el que no es posible pensar siquiera en un Estado democrático constitucional no ha avanzado en igual medida.

En tal sentido, es que reitero el valor que el ejercicio referido me parece que tuvo y tiene. Escuchamos de modo directo, ideas y problemas prácticos, principios y valores generales, propuestas claras y específicas, así como otros elementos ideacionales que, indefectiblemente, deben ser incorporados en todo intento de avanzar normativa e institucionalmente en materia de justicia electrónica.

La conversación pública e incluyente es la vía que nos permitirá apreciar, visibilizar y comprender, las diversas dimensiones que tiene, o en las que se proyecta la relación entre justicia y tecnología.

En una dimensión informativo dialógica por ejemplo, principios y conceptos como la justicia abierta han dado lugar, por medio de la tecnología, a importantes acercamientos de ciertos elementos relativos a la función jurisdiccional de cara a las personas.

Más allá de notificaciones, seguimientos y aspectos materialmente administrativos, me parece que en esta dimensión, es de destacarse la reforma a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en materia de publicidad de las sentencias. Trabajar y aprovecharnos de esta vertiente de la relación entre justicia y tecnología dará lugar a un mejor diálogo en torno a las razones y los motivos detrás de la aplicación del derecho y también al enriquecimiento de la conversación pública, consustancial a la democracia.

En una dimensión práctica u operativa, existen en el mundo países como China, Brasil y Argentina que ya se sirven de desarrollos basados en inteligencias artificiales para desahogar cargas operativas, ajenas al fondo de la función jurisdiccional pero cuya utilización redunda en mayor celeridad y oportunidad en la atención de las necesidades de las personas y la administración de la conflictiva social.

Pero existe otra dimensión que, me parece, es preciso que visibilicemos. Una dimensión cualitativa en la que, con base en el principio de progresividad, imagino por ejemplo, que las tecnologías nos puedan permitir contar con procesos auditables en todo momento, ajenos a la intervención de institución o persona alguna pero revisables en todo momento por instituciones ciudadanas independientes.

Asimismo, ayudarnos en la simplificación o eliminación de los costos sociales que tiene en lo personal y en lo colectivo, el enfrentar un tema judicial. Mediación, redacción y ratificación electrónica de convenios en diversas materias, simplificación del lenguaje y traducción de sentencias a otras lenguas, etcétera. Las posibilidades parecen infinitas y quizá si seguimos imaginando juntas y juntos podamos pensar aún más lejos.

Aunque las decisiones relativas a los temas de fondo, me parece que deben quedar en manos de seres humanos, la justicia y su sustancial materialización en beneficio de todas las personas es algo que tiene primacía y siempre la tendrá. Sigamos dialogando, enfoquemos este tema con aspiraciones amplias y de largo aliento; pero, sobre todo, construyamos ya.

Mtro. Julio César Bonilla Gutiérrez, Comisionado Ciudadano del INFO CDMX