La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un gran paso en favor de las mujeres el pasado martes 7 de septiembre : la despenalización del aborto. Por unanimidad, el máximo órgano judicial del país ha hecho posible que mujeres acudan a un especialista para interrumpir su embarazo, sin el temor de ser encausadas penalmente.
La decisión de la SCJN evoca la polémica declaratoria conocida como Roe vs Wade, en la cual la Suprema Corte de los Estados Unidos sentó las bases para que cada legislatura estatal estableciese elementos base para la despenalización del aborto.
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A partir de la reciente decisión de la SCJN, las entidades federativas se verán obligadas a armonizar sus legislaciones locales para que estas no contravengan la decisión de la Corte. Ciertamente, esta homologación será motivo de controversia al interior de algunos congresos estatales, principalmente en aquellos que se han opuesto históricamente a la interrupción legal del embarazo. Sin embargo, la decisión de la Corte, en el marco de nuestro Derecho vigente, será eventualmente implementado a lo largo del país.
El aborto
Sin lugar a dudas, es un tema controversial y polémico, pues involucra temas de carácter ético, religioso y legal.
Es por ello que resulta necesario hacer dos distinciones: el aspecto ético-moral y el jurídico.
Mientras la ciencia indica que existe vida humana en un embrión fecundado (comprobado debido a la presencia de una información genética distinta al de los padres) el aspecto jurídico- legal conlleva controversias de corte político y social.
Ahora, con la decisión de la Suprema Corte, México ha avanzado en los derechos de las mujeres, pues a la luz de nuestro marco jurídico, y según la propia interpretación de la SCJN, el no nacido no cuenta con derechos constitucionales que le garanticen el acceso a la vida. El Estado, en consecuencia, no deberá intervenir en decisiones que corresponden estrictamente al ejercicio de la conciencia individual.
En suma, el hecho de apoyar la despenalización del aborto no conlleva obligatoriamente el apoyo al embarazo interrumpido desde una visión personal o desde un criterio ético-religioso. Por el contrario, representa, a la luz de la Ley, un avance en el ejercicio de la libertad de conciencia, dejando fuera del alcance del Estado las confesiones religiosas y las creencias personales.