Vamos a ofrecer una mirada socio política del tema de la corrupción mexicana articulada orgánicamente al fenómeno del crimen transnacional organizado, como macro poder fáctico en la sociedad y en las instituciones del Estado, con sobrada capacidad para articular redes de impunidad, teniendo como eslabón fundamental al primer círculo de poder del Estado, la presidencia de la república, que es la jefatura del Estado, de la administración pública federal y de la comandancia en jefe de las fuerzas armadas. Ganar o influir de manera determinante en este primer anillo de acero del poder político, es ganar una fuerza inmensa para delinquir, para criminalizar las acciones al interior de las instituciones del Estado, y lograr la impunidad sexenal o transexenal.

Por ejemplo, uno de los conceptos que estimamos rebasado es el de un autor como F. Kjellberg, quien define la corrupción pública como “una quiebra de las normas legales o de las normas éticas no escritas, pero con apoyo social generalizado, relativas a cómo se debe ejercer el servicio público, para proporcionar servicios o beneficios a ciertos grupos o ciudadanos de forma oculta, con voluntad de ganancia directa o indirectamente” (2000).

Sin duda es eso, pero hoy es mucho más, porque es uno de los problemas fundamentales y contemporáneos de debilitamiento y atrofia en el funcionamiento de las instituciones públicas. Y ello se debe sustantivamente a que dicho macro problemático está en el centro, como eje, de las relaciones entre servicio publico de alto rango y las estructuras del crimen transnacional organizado. Es decir, entre gobernantes y criminales. Los segundos en su fortaleza y expansión actual, son hoy indisociables de sus nexos directos y amplios con los primeros. Dicha colusión orgánica quiebra el orden constitucional y genera una problemática social e institucional extendida de múltiples derivaciones y consecuencias.

En México (y en América Latina y el Caribe, muy probablemente) la corrupción dejó de ser un tema de “malos o perversos funcionarios”, o de “camarillas burocráticas” con enfoques patrimonialistas sobre la administración pública federal, e incluso, sobre el propio Estado como máxima representación social. O bien, aquello, como materia de frustraciones patológicas de servidores públicos acerca de la posibilidad de acumular riquezas individuales o de grupo ligadas a los activos patrimoniales del Estado (recursos naturales, de la hacienda pública y otros), vistos como susceptibles de apropiación personal.

No. La corrupción entendida como antes hemos esbozado, feneció hace tiempo como forma de corrupción dominante. Hoy estamos ante un fenómeno mucho más completo, abarcador y profundo, interiorizado orgánicamente, articulado al funcionamiento atrofiado de las instituciones públicas, y especialmente, al fenómeno que emergió con fuerza en las dos décadas del final del siglo XX, con el crimen transnacional organizado (fenómeno de insurgencia no política), ligado a la globalización del trasiego de estupefacientes ilícitos, del blanqueo de capital y de alianzas criminales entre las narco estructuras delictivas, la elite de funcionaros públicos y la oligarquía económica, estos últimos vinculados a los procesos de desregulación de los mercados y de la actuación de los agentes económicos.

En suma, macro estructuras criminales del trasiego regional global de drogas, dinero ilícito de ellas y los macro delincuentes de cuello blanco. En términos llanos. Hoy los corruptos de las instituciones públicas, necesariamente altos funcionarios ligados a los procesos antes descritos, son crimen trasnacional organizado en distintas ramas, distintos sectores y diferente amplitud y profundidad. Son eslabones de redes organizadas de criminalidad, impunidad y dinero ilícito. Esta tesis fue claramente expuesta en la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional del año 2000 o Convención de Palermo.

De manera reciente, en este tipo de análisis que vincula los procesos de corrupción pública estructural o sistémica con las instituciones políticas y las mujeres y los hombres del Estado, se han propuesto dos tipos de redes de corrupción política transnacional: una dirigida contra el Estado y otra que busca beneficiarse del Estado, que se desarrollan a partir de casos ocurridos en América Latina que evidencian la hibridación del delito contemporáneo y la política. En el caso de las estructuras de asociación y complicidad actuales, son subestructuras de ida y vuelta: afectan gravemente al Estado porque precisamente se benefician de él.

Tampoco es totalmente cierto, que el problema de la corrupción de Estado es hoy como antes, un tema de la falta de controles democráticos de los funcionarios y la clase política, hay mucho de eso, pero no se subsume el fenómeno en ello. Es decir, no es, un problema político de la democracia, tampoco un tema de elección racional, y sólo parcialmente, de clientelismo político, y menos aún de poderes fácticos, pero en sí, hoy, es algo más complejo que incluye diferentes variables que le dan forma y contenidos contemporáneamente, y relacionado con lo que para muchos es hoy “la crisis del Estado constitucional”.

Requerimos abordar la problemática desde distintas disciplinas científicas: la administración pública, el derecho constitucional, el derecho penal y el derecho administrativo, la teoría y la sociología de las organizaciones, las finanzas públicas, la economía y la ciencia política. Es un tema inter y multidisciplinario y como tal debe abordarse para intentar resolverse. Tiene un gran peso gravitacional, la desarticulación institucional, la debilidad de la construcción histórica estatal, la centralización del poder público, la escasa cultura democrática, la presencia de poderes fácticos (sociedades u organizaciones secretas), la lucha fáctica por el poder ante la debilidad de la vigencia del orden jurídico, la escasa fortaleza de la institucionalidad judicial, la penetración del poder público por parte del crimen transnacional organizado, la presencia de poderes transnacionales ilegales, y otros.

La metodología del análisis y la propuesta programática debe tener dos dimensiones, histórica y cualitativa: el peso de las tradiciones, influencia de fuerzas sociales históricas y la entramado de red de crimen e impunidad, a partir de las asociaciones criminales de captura del Estado (el asalto al poder público desde una alianza fáctica pública y privada) que tienen como ámbito de concreción los espacios públicos institucionales, el gobierno y el Estado, todos los resortes de acción, decisión y poder que ellos implican.

Los ejes del plan anti corrupción de la Dra. Sheinbaum son: a) cero impunidad al hacer de la lucha anticorrupción una política de Estado; b) garantizar un enfoque de derechos humanos; c) un sistema de simplificación administrativa y transparencia (no se requieren grandes instituciones, sino sencillamente que se cumpla con la ley en la materia); d) aumentar las consecuencias de cometer actos de corrupción, incrementando las sanciones; e) una reforma profunda del sistema judicial; f) crear una agencia federal anticorrupción, e) rediseñar la Secretaría de la Función Pública; y g) establecer mayores controles para evitar el abuso de los casos de excepción a la licitación pública (la meta es que 65 por ciento del monto anual contratado deberá ser por licitación pública en 2030); h) llevar a la Constitución los derechos a una buena administración pública y un ambiente libre de corrupción; i) impulsar un acuerdo nacional para que los distintos órdenes de gobierno asuman compromisos para resolver la corrupción; j) crear un sistema de inteligencia anticorrupción; k) un modelo nacional de investigación de delitos anticorrupción; l) reforzar la cadena seguridad justicia. (La Jornada, 2 de abril, 2024)

Del plan presentado, me preocupan cuatro ausencias: i) no vincular el tema de la lucha contra la corrupción (o no hacerlo, explícitamente) como política de Estado, a la penetración actual del crimen transnacional organizado en las instituciones públicas, que lo hace un combate estratégico y que ello lo remite a los mecanismos sofisticados de lavado de dinero y asociación criminal diversificada, estructuras delictivas organizadas y estructuras de decisión y poder en el aparato del Estado; ii) plantear una nueva rama de la inteligencia nacional, la inteligencia anti corrupción, sin considerar la necesidad de crear un sistema integrado de agencias de inteligencia, mejorando la estructura constitucional actual; y iii) no plantear la necesidad de cambios ofensivos en la Auditoría Superior de la Nación para otorgar facultades extraordinarias de supervisión, fiscalización y apertura de causas ante caso irregulares; y iv) no queda claro cuál es el diagnóstico estructural de la problemática, ni el enfoque teórico metodológico que se usó para formular la propuesta, parece una mezcolanza de puntos de acción cuyo hilo conductor son una serie de ideas de carácter práctico, esencialmente.

En suma, me inquieta el no mencionar de dónde y con qué está sujetado el planteamiento, qué lo soporta y le da los contenidos que se mencionan. Entiendo perfectamente bien que no es un documento académico sino una propuesta política, y que lo más seguro es que en el programa de trabajo convertido en política pública, puedan presentarse mayores fortalezas y detalles de esta propuesta sobre un tema de gobierno crucial. Pero hoy la sensación es la de un documento propuesta hecha con criterios de practicidad. Muy útil, pero que deja muchas dudas sobre las bases intelectuales de su formulación.