La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional la penalización a las máquinas tragamonedas clandestinas, porque hay falta de claridad en la Ley Federal de Juegos y Sorteos. 

En 2017, Erik Gonzáles Eulogio fue acusado, por la entonces PGR , de un delito relacionado con la organización de juegos prohibidos, que se contempla en el artículo 12 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos. Luego de que se realizará un cateo en un local de la ciudad de Puebla, donde fueron aseguradas 19 máquinas de tragamonedas.

Ante la situación Erik se quejó ante la SCJN, con tres votos a favor y dos en contra, el ciudadano se amparo por la Primera Sala de la Corte. Los magistrados determinaron que la Ley Federal de los Juegos y Sorteos, que data desde 1947 y nunca ha sido reformada,  es vaga porque no determina cuáles son los “juegos prohibidos”, por lo tanto, la acción penal es inconstitucional.

Por la vaguedad de la Ley Federal de los Juegos y Sorteos, se tiene que acudir al Reglamento, emitido por el Poder Ejecutivo, y de esa forma determinar cuáles son los “juegos prohibidos”, lo que es inconstitucional, dado que las conductas sancionadas penalmente deben ser determinadas con claridad por el Congreso.

"Los artículos (de la ley) no establecen con la precisión suficiente exigida por el principio de taxatividad, las actividades prohibidas que ameritan una sanción penal", dice la sentencia.

"Si no resulta completamente claro que las máquinas tragamonedas estén prohibidas por (la ley), entonces el artículo 12 del Reglamento está modificando el contenido del artículo primero de la ley y, por ende, los supuestos de actualización del tipo penal", concluyó la Corte.

De esta forma, el amparo elimina el proceso penal en contra de Erik González Eulogio. Además, este precedente de la Corte puede ser utilizado para personas acusadas de violentar la Ley de Juegos y Sorteos que involucren máquinas tragamonedas.

La Ley Federal de los Juegos y Sorteos establece una sanción de 3 meses hasta tres años de prisión a quienes realicen loterías o sorteos que no cuenten con autorización legal. A los dueños de los establecimientos que permiten la realización de “juegos prohibidos”, así como a las personas que intervengan en la venta de billetes de lotería sin autorización de la Secretaría de Gobernación.