Con respecto al plagio de tesis que habría realizado Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una jueza resolvió que no existe y ahora se han dado a conocer los motivos que fundamentaron su decisión.

Se trata de la jueza María Magdalena Malpica Cervantes, quien se ayudó de dos testigos que vieron a Yasmín Esquivel Mossa escribiendo la tesis y algunos peritajes del documento para otorgar la sentencia a favor.

De esa forma, la jueza determinó que la ministra de la SCJN es la autora de la tesis, y de manera inapelable, señaló que no hubo plagio de la misma.

Sin embargo, de acuerdo con una investigación del diario El País, existen más inconsistencias en la tesis de Esquivel Mossa que dejan en duda dicha resolución.

En cuanto a los avances en el caso analizado en la Universidad Nacional Autónom de México (UNAM), la determinación de si hubo o no plagio ya está lista, pero ha sido bloqueada por la ministra con recursos legales.

Estas son las pruebas que Yasmín Esquivel Mossa aportó a la denuncia por plagio de tesis

El diario El País tuvo acceso a la sentencia que determinó a Yasmín Esquivel Mossa como autora de la tesis ‘Inoperancia de los sindicatos en los trabajadores de confianza del artículo 123 constitucional, Apartado A’.

En ella se indicó que la ministra es autora de la tesis y se dicto sentencia en contra de Edgar Ulises Báez, a quien se le otorgó la condena de abstenerce en lo futuro de seguir presentándose como autor del documento.

La resolución se fijo luego de que la jueza María Magdalena Malpica escuchó a la defensa legal de Esquivel y estudio las pruebas presentadas, en donde se incluye:

  • Experiencias de vida de Yasmín Esquivel Mossa, como el formar parte del Síndicato de Bancomer, así como sus estudios en Derecho al Trabajo, y el ser trabajadora de confianza en la alcaldía Coyoacán.
  • Dos amigos que la vieron escribir la tesis y con quienes discutía sobre el tema; uno de ellos habría sido el encargado de mecanografiar parte de su tesis y de acompañar a Esquivel a diversas bibliotecas.
  • La presentación del índice de la tesis, el cual habría sido escrito en diciembre de 1985, según la fecha escrita en el documento.
  • Dos peritajes para señalar como verdadera la fecha escrita en el índice de la tesis, uno de ellos señala que hay un envejecimiento natural que corresponde a la temporalidad de la fecha suscrita en el documento de la primera hoja.
  • El segundo peritaje en donde se indica que la caratula del índice no presenta indicios de alteración y características de haber sido manipulado o envejecido artificiosamente.
  • Un análisis de firmas en donde se determinó que el autográfo de la ministra corresponde al que habría hecho hace 4 décadas, pues existe una evolución en ella.
  • La tesis de su licenciatura tendría el mismo estilo que la del doctorado, del que se le acusó de también realizar plagio en cerca de 200 páginas.
  • La confesión de Martha Rodríguez, asesora de su tesis, que refirió entregar a Baéz y a otros estudiantes el documento de la ministra.
  • La presunta carta que Edgar Ulises Baéz escribió en donde confesó que él plagio la tesis porque quería terminar más rápido su carrera.
Yasmín Esquivel es la autora de su tesis, resuelve jueza

El País señala inconsistencias no contempladas en la tesis de Yasmín Esquivel Mossa

Pese a las pruebas presentadas, el diario El País asegura que existen algunas situaciones que no fueron consideradas por la jueza María Magdalena y que caen en inconsistencias.

La juzgadora no habría estudiado el trabajo de campo que Edgar Baéz incluyó, en donde entrevistó a dirigentes sindicales, páginas que no están en la tesis de Esquivel.

Sin embargo, aunque el trabajo de campo no se encuentra descrito en el texto, sí están impresas las mismas conclusiones y valoraciones que decretó Baéz en la tesis de la ministra.

Asimismo, hay irregularidades en los titulos de las tesis, el primer capitulo y el índice, pues aunque los titulos de la obra en general son muy similares, existen pequeñas diferencias, las cuales desaparecen en el primer capitulo de la tesis de Esquivel.

Otro de estos ejemplos citados es el ocurrido en el índice, donde señala que el primer apartado se llama Antecedentes, mientras que el de Báez se denomina Planteamiento del problema.

No obstante, en el desarrollo de su trabajo, ya en la página tres, Yamín Esquivel Mossa escribe el nombre elegido por el otro alumno y no el suyo.

Pese a ello, la resolución de la jueza fue hecha pública y en ella consideró a Yasmín Esquivel Mossa como autora de la tesis, pues Báez no se presentó a la audiencia del caso.