La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) garantizar el derecho a la salud de un niño con discapacidad auditiva en Baja California con un implante coclear.

De acuerdo con el proyecto del ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, las direcciones de la Secretaría de Salud, del Instituto para e l Bienestar, así como del IMSS omitieron el derecho al acceso a la salud y una vida digna de las infancias.

Por ello, la Segunda Sala de la SCJN otorgó el amparo a un niño con una discapacidad auditiva para que el IMSS le proporcione atención médica integral.

IMSS tiene que garantizar tratamiento para niño con discapacidad auditiva: SCJN

La SCJN determinó que el IMSS tiene que garantizar el tratamiento para un niño con discapacidad auditiva al que se le ha negado un implante coclear.

De acuerdo con la sentencia, el IMSS tiene que tomar las medidas necesarias para garantizar la colocación de un implante coclear o el dispositivo necesario, así como de la rehabilitación.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán reconoce que el Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS excluye del seguro de enfermedades el otorgamiento de aparatos auditivos e impide que el instituto conceda estas prestaciones.

Esto “lesiona el derecho a la protección de la salud” que está reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que el país forma parte.

Por ello, la SCJN resaltó que al tratarse de menores de edad, los derechos de protección a la salud “adquieren especial relevancia, sobre todo si sufren alguna discapacidad”.

Además, resaltó que las autoridades deben de garantizar el interés superior de la infancia “hasta el máximo de los recursos disponibles” para la materialización de sus derechos.

IMSS negó atención e implante a niño con discapacidad

El proyecto de la SCJN resaltó la negativa del Jefe Delegacional de Prestaciones Médicas del IMSS en Baja California a realizar al menor el implante coclear que requiere.

Esto para el tratamiento de la hipoacusia bilateral profunda, es decir, la pérdida en la capacidad de escuchar en ambos oídos, que padece.

El IMSS de Baja California negó el implante para el niño con discapacidad auditiva a pesar de que la nota médica NSS 2407-86-2579 expedida por la doctora Myriam Alejandra Guerrero Meza se precisa que el menor es audiológicamente candidato a implante coclear.

Sin embargo, en la nota médica se informó a la madre que el IMSS “no proporciona el implante coclear en ninguna unidad médica hospitalaria a nivel nacional” y le sugirieron solicitar apoyo al DIF nacional o instituciones de beneficencia.