La Fiscalía General de la República (FGR) impugnó el amparo que canceló la sentencia de 45 años de cárcel a Mario Aburto Martínez, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio.

Este jueves 19 de octubre, la FGR impugnó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el amparo que buscaba reducir la condena de Mario Aburto por el asesinato de Luis Donaldo Colosio.

Y es que el ministerio público federal adscrito al Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en el Estado de México interpuso un recurso de revisión, tramitado por la FGR, contra el amparo otorgado a Mario Aburto el pasado 5 de octubre, mediante el cual se ordenó dejar sin efectos la condena de 45 años de prisión dictada en 1994.

Turnan recurso de revisión sobre caso Mario Aburto a SCJN, para no retrasar impartición de justicia

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con residencia en el Estado de México ordenó turnar el recurso de revisión a la SCJN para no retrasar la impartición de justicia.

Lo anterior, a pesar del paro de labores convocado por la Sección 2 Toluca del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación.

Asimismo, el órgano jurisdiccional señaló que una vez que la SCJN emita su resolución, determinará si el Primer Tribunal Colegiado de Apelación dio cumplimiento a la sentencia de amparo, la cual permitiría a Mario Aburto salir de la cárcel en marzo de 2024.

El máximo tribunal del país tendrá que analizar la resolución que ordenó aplicar al asesino confeso el código penal del estado de Baja California vigente en el año 1994, año en que sucedió el magnicidio, y no el código penal federal.

Dicho código penal de Baja California establece como pena máxima de 30 años de cárcel para un homicidio calificado, de tal manera que si prevalece la resolución, Mario Aburto podría salir de la cárcel en marzo de 2024.

¿Mario Aburto mató a Luis Donaldo Colosio?

Primer Tribunal Colegiado reconoce inconsistencias en caso Mario Aburto

De acuerdo con “El Semanario Zeta”, el amparo concedido responde a que se encontraron violaciones procesales en el caso de Mario Aburto, pues debe ser juzgado por el código penal para el estado de Baja California y no por el código penal federal.

Los magistrados consideraron que se actuó en agravio del imputado, dado que el homicidio corresponde a un delito del fuero común, motivo por el que se deben aplicar las disposiciones del código penal estatal.

“Como se puede apreciar, el delito de homicidio calificado fue juzgado conforme a las disposiciones del Código Penal Federal, lo cual, de manera respetuosa, no es compartido por este tribunal colegiado”, determinó el Primer Tribunal Colegiado.

Entre otras inconsistencias, se encuentra que las autoridades habrían hecho caso omiso de las denuncias del magnicida por tortura, malos tratos y humillaciones desde su arresto en 1994.

Mario Aburto fue detenido en 1994 por el asesinato del candidato presidencial del PRI en ese año, Luis Donaldo Colosio, en Lomas Taurinas, Tijuana.