30 de abril de 2024 | 10:45 a.m.
Veracruz

Dan 6 meses al IMSS de Zongolica para dar servicios de calidad tras muerte en baño

La Recomendación de la CNDH va al director general del IMSS, Germán Martínez Cázares.
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México.- El Hospital Rural IMSS-Prospera, de Zongolica, Veracruz, tiene seis meses para brindar servicios médicos de calidad, tras la muerte de una persona indígena en un baño de sus instalaciones.

Así lo ordena la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por una inadecuada atención.

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Se investigó y se acreditó violaciones al derecho humano a la protección de la salud atribuibles a personal médico de ese hospital, se señaló.

¿Qué pasó?

El 30 de agosto de 2018, el hombre, perteneciente a la etnia náhuatl, acudió con su hijo y su nuera al Hospital Rural de Zongolica, tras presentar vómitos constantes durante dos días.

Un médico lo atendió en el pasillo… Le tomó signos vitales y le preguntó sobre los alimentos que había ingerido, pero el paciente no pudo responder por el dolor abdominal que presentaba.

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Falleció en el baño del hospital

El hombre salió de la revisión y mientras su hijo buscaba la atención de un médico particular, él permaneció en el área de espera de Urgencias del Hospital, donde acudió al sanitario en dos ocasiones.

En la segunda vez, se desvaneció de manera repentina, por lo que su nuera solicitó apoyo y llegó el médico que le atendió minutos antes. Lo observó, fue al consultorio y regresó para revisarle con el estetoscopio.

En ese momento llegó personal del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y tras tomarle el pulso e informó a sus familiares que había fallecido.

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La opinión de la CNDH

En su opinión médica, la CNDH consideró que al pertenecer a un grupo poblacional de alto riesgo, el paciente debió ser sometido a evaluación minuciosa que incluyera los niveles de glucosa en la sangre, la cual no fue elaborada por falta de insumos.

Además, se le debió realizar un interrogatorio completo, exploración física adecuada y practicarle estudios de laboratorio y gabinete que permitieran obtener un diagnóstico certero.

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Por si fuera poco, no hay evidencias que acrediten que, tras la pérdida de conciencia del paciente, el médico tratante haya realizado las acciones pertinentes para brindar atención inmediata y urgente para trasladarlo al interior del hospital.

Lo que recomienda la CNDH

Ya planteado el caso, la CNDH solicitó al director General del IMSS que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se repare de manera integral el daño a los familiares del paciente.

Se debe incluir compensación con motivo de la inadecuada atención médica. También que se les proporcione atención psicológica y tanatológica, y colaborar en la queja y la denuncia presentadas ante el Órgano Interno de Control del IMSS y la Fiscalía General de la República, respectivamente, contra quien resulte responsable por esos hechos.

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Capacitación a personal médico

En la Recomendación, la CNDH también plantea la capacitación del personal médico del referido hospital sobre los estándares relacionados con la protección de la salud de las personas mayores.

En tanto, los estándares de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad deben cumplir los servicios de salud y otros relativos a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Además, designar a un funcionario de alto nivel que sea enlace para el seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación.