Una mujer que fue encarcelada en Veracruz luego de sufrir un aborto espontáneo, a la cual se acusó de homicidio doloso, fue liberada por las autoridades.
De acuerdo con Milenio, Diana Patricia Guzmán Araiza, que fue encarcelada hace 5 meses en un reclusorio de Acayucan, Veracruz, fue liberada por las autoridades.
La mamá de la joven dijo a Milenio que se le había acusado a su hija de matar a su bebé asfixiándolo, cuando lo que en realidad había pasado era un aborto espontáneo luego de un embarazo, de un niño que deseaba, de 5 meses y de alto riesgo.
La joven, por vivir en condición de pobreza, tenía que trabajar en diferentes oficios y en la venta de empanadas y otros antojitos. Debido al alto riesgo de su embarazo, terminó por sufrir el aborto, y fue encarcelada en Veracruz.
Fue el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para despenalizar el aborto lo que provocó que se revisara su caso y se le pusiera en libertad, al no haber pruebas del delito que se le quería imputar.
SCJN despenaliza el aborto
La SCJN consideró inconstitucional el criminalizar a las mujeres y personas gestantes por la interrupción del embarazo, con lo que despenalizó el aborto.
En una determinación unánime, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declararon inconstitucional una ley de Coahuila que daba de 1 a 3 años de prisión a personas gestantes y mujeres que practiquen aborto, así como quien fuera parte de ello.
Con esto, se obligó a Coahuila a despenalizar el aborto en sus normativas, pero se sienta un precedente que todo juzgador debe tomar en cuenta a la hora de recibir casos penales de aborto.
Esto porque se logró una mayoría superior a 8 votos en la Suprema Corte, con lo que los otros estados no podrán criminalizar esta acción.
Esto significa que si un estado pide cárcel a una mujer o persona gestante por el aborto, se aplica el criterio de la Suprema Corte. Es decir, se convierte en un delito sin pena de cárcel ni otro tipo de sanciones.