Se está investigando la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas por parte de empresas que han sido contratados por autoridades públicas y que se dedican al seguimiento y/o monitoreo de información difundida en los medios. La investigación está a cargo de la Comisión Federal de Competencia Económica (@cofecemx) y podría durar varios meses en lo que se recaba la información y pruebas.

Cometer prácticas monopólicas absolutas no sólo acarrea sanciones económicas (multas hasta por 13.1 millones de pesos a personas físicas y hasta 10% de ingresos a los agentes económicos responsables), administrativas (inhabilitación para ser consejeros, administradores y representantes de una persona moral) sino también puede dar lugar a la privación de la libertad hasta por 10 años a los responsables de participar o coadyuvar en una práctica monopólica absoluta.

Prácticas Absolutas. Las prácticas monopólicas absolutas son las que realizan competidores y se consideran las más nocivas para los consumidores porque estos terminan pagando precios excesivos sin justificación. Estas prácticas pueden ser cuando los competidores fijan los precios (caso del pollo), segmentan el mercado para no competir en los territorios respectivos (tú vendes allá, yo acá y el otro más para allá), restringen el abasto (no se puede vender más de tal número de productos), acuerdan los competidores que participan en una licitación las posturas que ofrecerán (caso IMSS – insulina Baxter, Eli Lilly, etc.), entre otros.

Procedimiento. Se inicia la investigación con un acuerdo de inicio como el publicado el 15 de marzo de 2016 respecto al mercado de seguimiento y/o monitoreo de información difundida en los medios. En el periodo de investigación la Cofece tiene las más amplias facultades que incluyen realizar visitas de verificación y donde todo lo que obtengan (videos, documentos, información), tiene valor de prueba plena. Si al concluir el periodo de investigación hay elementos para determinar la probable responsabilidad de uno o varios agentes económicos o personas físicas, se emite un dictamen de probable responsabilidad que puede dar inicio a un procedimiento seguido en forma de juicio donde se les da la oportunidad de defenderse a los presuntos responsables. El Pleno de la Cofece resolverá si son o no responsables.

Pollo. En el caso del pollo la Cofece determinó que Pilgrim´s, San Antonio, Tyson, Pollo de Querétaro, Bachoco y la Asociación Nacional de Avicultores (UNA) entre 2005 y 2010 habían cometido prácticas monopólicas absolutas porque siendo competidores fijaron precios mínimos para la venta de pollo, perjudicando a consumidores de pollo en el Distrito Federal y diversas ciudades de Quintana Roo y Veracruz. El modus operandi fue a través de publicidad en la que se promocionaba el consumo de pollo, diciendo el precio y refiriendo a las empresas participantes. La Cofece –aun cuando reconoce que la participación en cámaras y asociaciones industriales es permitida- determinó que el establecer un precio en la publicidad para promover el consumo del pollo encuadraba en un acuerdo entre competidores con intercambio de información para fijar un precio artificialmente y en perjuicio de los consumidores, entre otros factores que analizó.

Daño. Cuando se determina que existió una práctica monopólica absoluta, se cuantifica el daño. En el caso del pollo, la Cofece realizó la cuantificación del daño por la práctica monopólica[1]. A manera de ejemplo, en el Distrito Federal la práctica duró 44 días en 2008 y 2009, y durante esos días los responsables establecieron un sobreprecio en el pollo de 32%. Dicho sobreprecio generó un daño a los consumidores de aproximadamente $107 millones de pesos.

Reto. El reto que aún existe es respecto a la manera en que los consumidores pueden recuperar ese sobreprecio que pagaron por la afectación a la competencia derivada de la práctica monopólica. La Ley Federal de Competencia Económica señala que las personas que hayan sufrido daños o perjuicios por una práctica monopólica pueden reclamar el pago de estos y que la resolución definitiva de Cofece en contra del responsable es suficiente para demostrar que actuó ilegalmente. Entonces, ¿dónde se pueden formar los que compraron pollo en ese periodo para recibir su indemnización por el sobreprecio pagado?

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[1] Esta evaluación del daño se hace elaborando estimaciones de cuál habría sido el precio, de no haber existido la práctica monopólica absoluta.