El currículo como ruta de navegación de los sistemas educativos.

Tras al debate y observaciones críticas que se generaron durante las semanas pasadas, en torno al “rediseño” de los libros de texto oficiales (para la Educación Primaria), que es una iniciativa del gobierno federal, a través de la SEP, me parece relevante abordar el tema de la relación entre sociedad, democracia y currículo escolar.

Currículo viene de la palabra latina currere, que significa carrera, un recorrido que debe ser realizado. De manera esquemática podría decirse que la escolaridad es un camino, un recorrido para los estudiantes, y el currículo sus pasos, su contenido (Gimeno, 1993). El currículo “aparece como problema a resolver por necesidades organizativas, de gestión y de control del sistema educativo, al requerirse un orden y una secuencia en la escolaridad” (p. 145). De allí que el currículo aborde centralmente la cuestión de la materialización y dosificación de la enseñanza en el aula, de acuerdo a las edades, niveles, contextos y necesidades educativas presentes” (1)

El currículo como ruta de navegación de los sistemas educativos (y de su unidad básica, que es la escuela) tiene diferentes dimensiones y matices, pues no sólo guarda relación con la selección y definición de los contenidos escolares, sino que en él se establecen los perfiles profesionales de docentes y directivos escolares, los métodos y formas de enseñanza; los enfoques y modelos de aprendizaje; los recursos, medios y apoyos didácticos correspondientes y alineados al modelo pedagógico (aquí entran, entre otros apoyos, los libros de texto); así como las estrategias y modalidades para la evaluación de los aprendizajes y, entre otros aspectos, en el currículo se establece a qué tipo de estudiantes va dirigido, es decir, se define la ubicación que tiene el sujeto-estudiante en la sociedad y para qué tipo de sociedad se forma al sujeto, y el rol que juega la escuela en los procesos formativos en un contexto social específico.

El Artículo 23 de la Ley General de Educación (LGE) establece que “La Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás aplicables para la formación de maestras y maestros de educación básica, de conformidad a los fines y criterios establecidos en los artículos 15 y 16 de esta Ley.”

“Para tales efectos, la Secretaría considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las realidades y contextos, regionales y locales. De igual forma, tomará en cuenta aquello que, en su caso, formule la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación.

“Las autoridades educativas de los gobiernos de las entidades federativas y municipios podrán solicitar a la Secretaría actualizaciones y modificaciones de los planes y programas de estudio, para atender el carácter regional, local, contextual y situacional del proceso de enseñanza aprendizaje"

“En la elaboración de los planes y programas de estudio a los que se refiere este artículo, se podrán fomentar acciones para que emitan su opinión las maestras y los maestros, así como las niñas, niños, adolescentes y jóvenes. De igual forma, serán consideradas las propuestas que se formulen de acuerdo con el contexto de la prestación del servicio educativo y respondan a los enfoques humanista, social, crítico, comunitario e integral de la educación, entre otros, para la recuperación de los saberes locales.” (2)

¿Por qué los Congresos de los Estados y las Secretarías de Educación estatales, según la LGE, no juegan un papel protagónico en la determinación y diseño de los planes y programas de estudio de la educación básica, así como de los demás elementos del currículo escolar?

Es importante precisar que la toma de decisiones sobre qué enseñar (aprender) y cómo enseñar (aprender), no se realiza en condiciones de una supuesta “neutralidad ideológica” ni se trata de asuntos ajenos a las relaciones de poder público. Todo lo contrario: Estas decisiones y definiciones especializadas son cuestiones centrales en los procesos de creación del proyecto educativo de una nación, de una región o de una comunidad, es decir, de la sociedad. Y ese tipo de planificaciones educativas, mediadas, insisto, por intereses políticos, culturales e ideológicos, tienen sus expresiones tangibles e intangibles en las definiciones curriculares y didácticas.

Sin duda, éstos son procesos clave donde participan diferentes instituciones y actores sociales con intereses, necesidades y reivindicaciones diversas. De ahí que este tipo de encuentros y desencuentros, durante la elaboración de las planificaciones educativas y curriculares, se conviertan en campos complejos de disputa, conflicto y tensión permanentes. No podía ser de otra manera, sobre todo en contextos sociales democráticos.

Por ello, hay que insistir en lo siguiente: Para revisar y rediseñar los libros de texto oficiales, es necesario, primero, revisar y rediseñar el planteamiento curricular, los principios pedagógicos y los lineamientos didácticos generales. No al revés. Si esta premisa es válida, desde el punto de vista de las reflexiones generadas por la investigación educativa actual, entonces la SEP transita por el camino equivocado.

Hasta donde se tiene registro, el plan y los programas de estudio de la Educación Primaria, y el planteamiento curricular en general, en México, no han sido modificados desde 2017. Sabemos que las planificaciones didácticas que realizan las y los docentes de algunos grados de Primaria, están basadas, con criterios técnico-pedagógicos, en el Acuerdo 592 de la SEP (publicado en 2011); mientras que en otros grados lo hacen a partir de lo establecido en el plan y los programas de Primaria publicados en 2017 (a partir del llamado “Nuevo Modelo Educativo”, promovido por el gobierno 2012-2018 de Enrique Peña Nieto).

¿Entonces no hay congruencia lógica ni unicidad en la planificación educativa nacional ni en las exigencias pedagógicas y criterios curriculares? ¿Hay confusión en las sugerencias y recomendaciones que establecen las autoridades educativas, en términos didáctico-curriculares, para docentes y directivos de la escuela pública básica (Preescolar, Primaria y Secundaria)?

Todo parece indicar que esta confusión e incongruencias originadas desde el ejercicio de la planificación educativa nacional (SEP), no sólo se ubican en el ámbito de la escuela, sino que también escalan hacia los niveles de decisión de las autoridades educativas del más alto nivel, es decir, hacia las y los funcionarios públicos que se ubican en la cima de la burocracia educativa nacional y de las entidades federativas.

Pienso que la dependencia del gobierno federal responsable de la educación en México (o sea, la SEP) parte, además, de un planteamiento equivocado en lo que corresponde a los participantes del diseño fino de estos procesos. Tal como lo escribí recientemente (3), considero que los libros de texto oficiales no se diseñan o rediseñan, al menos esa ha sido la experiencia institucional, por medio de una asamblea popular, sino que se logra con la participación de grupos interdisciplinarios de especialistas, dentro de los cuales se encuentran las y los docentes, así como las y los directivos escolares, entre otros actores de especial relevancia.

El problema del centralismo y la participación social

Aparte de las dificultades antes descritas, un problema que enfrentan tanto la planificación educativa como curricular en México, es la del llamado “centralismo”. Ello implica que, como obstáculo, exista escasa participación de la sociedad, de manera organizada y representativa, en la definición de estos asuntos. Y con ello no quiero decir que se lleven a cabo “asambleas populares” para discutir y definir los criterios educativos y curriculares correspondientes, sino más bien que la sociedad tenga acceso a canales organizados de participación no sólo a través del poder ejecutivo federal o las cámaras federales (diputados y senadores), sino que se abran espacios de participación social, a través de los órganos de representación de la sociedad en los congresos estatales u organismos equivalentes, porque son las instancias de representación más cercanas a las comunidades.

Un diseño institucional que se abra a las condiciones de participación estatal y local en temas educativos y curriculares, sentaría las bases de un proceso de democratización y de deliberación más amplia ante estos procesos. Además que permitiría una mayor flexibilidad y acercamiento entre la planificación educativa y las necesidades específicas de la sociedad en cada entidad federativa.

¿No sería acaso conveniente que la agenda educativa estuviera también en manos de las legislaturas estatales, así como de las comunidades de docentes, directivos escolares y especialistas en educación, que se ubican en las diferentes localidades del país?

Fuentes consultadas:

(1) Diego Hernán Arias Gómez (2011) Currículo, ciudadanía, democracia. Aportes teóricos y prácticos. Servicio Editorial Cooperativa Editorial Magisterio. Colombia. “…el problema didáctico de alguna manera está precedido por el problema pedagógico (…) se entiende por Pedagogía la reflexión sobre el propósito, el sentido, las prácticas, los medios, las formas y los usos inherentes a los procesos educativos, procesos que abarcan el sistema escolar, pero que lo superan teniendo en cuenta que la sociedad entera educa.”

(2) Ley General de Educación, México, modificada en 2019.

(3) Ver mi columna: “Libros de Texto: Incongruencias en su rediseño”, SDP Noticias.com, 14 de abril, 2021.

jcmqro3@yahoo.com