Vinculan a proceso a Jorge Luis Lavalle Maury por caso Emilio Lozoya.

Hemos conocido que este fin de semana concluido el ex senador por el Partido Acción Nacional Jorge Luis Lavalle Maury ha sido directamente imputado por la Fiscalía General de la República, fue arrestado e ingresado al Reclusorio Norte de la Ciudad de México. Los presuntos crímenes imputados son: asociación delictuosa, cohecho y lavado de dinero, los tres tienen como eje el recibo de sobornos para que fuera aprobada la Reforma Energética propuesta por el Lic. Enrique Peña Nieto e impulsada por el PAN y el PRI, principalmente, ello, con la finalidad de proceder al desahogo de pruebas por parte de la propia FGR. De entrada la Fiscalía solicitó la imposición de la “prisión preventiva”.

Los presuntos recursos recibidos, lo cual forma parte de las denuncias hechas por Emilio Lozoya Austin, ex Director General de PEMEX en el gobernó de EPN, tenían un origen mixto: provenían de Pemex y del consorcio brasileño Odebrecht para comprar voluntades políticas y que fuera aprobada la Reforma Energética (2015). 

Ello hace al ex senador el primer encarcelado por el tema de las coimas repartidas en México por Odebrecht que para este y otros negocios, sumaron $10.5 millones de USD, según declararon sus altos directivos en Audiencias judiciales en EUA (2016). El proceso penal apenas ha iniciado, todo puede suceder. En la acusación de Lozoya se involucra también a los ex senadores del PAN Francisco Javier García Cabeza de Vaca (hoy gobernador de Tamaulipas y acusado de otros “delitos de cuello blanco”), Francisco Domínguez Servién, Ricardo Anaya, Ernesto Cordero y Salvador Vega Casillas. Todos como presuntos implicados.

Este caso y muchos más que hemos venido conociendo desde hace menos de tres años a la fecha, quedan tipificados en lo que se denomina genéricamente “delitos de cuello blanco”, esencialmente “delitos económicos” cometidos en los espacios públicos o en los privados corporativos realizados por altos directivos de la política nacional en asociación delictiva con las corporaciones de negocios privados. De entrada, el concepto –según especialistas en Derecho Penal- ofrece mucha dificultad para que delitos de ese perfil puedan ser tipificados, investigados y perseguidos. De allí que la integración de las carpetas judiciales, la denuncia penal y la posible vinculación a proceso sea lenta y muchos desesperen en su reclamo de justicia contra este tipo de delitos multimillonarios que saquean la hacienda pública.

En México presuntamente, los negocios grandiosos hechos por los dueños de Odebrecht, OHL, Altos Hornos de México, y otros, con Pemex y algunos gobiernos de los Estados de la República, son eventualmente susceptibles de caer dentro de esta categoría, como en su momento lo fueron “el Lava Jato” en Brasil, y muchos más, en donde se cruzan y entrelazan en alianzas corporativas transnacionales para lograr la “captura del Estado” y la “red de impunidad” que le es característica al penetrar el primer círculo de poder, las empresas transnacionales, altos funcionarios públicos de las instituciones económicas, financieras, energéticas y otras, ambas partes últimas, como “criminalidad económica” y quienes actúan en conjunto como crimen transnacional organizado (bajo esta hipótesis) simbiotizando una alianza criminal entre el poder público y el poder económico privado, vaciando de contenido social las instituciones del Estado, bloque delictivo que tiene como sustrato la corrupción institucionalizada o sistémica, en la ruta de la apropiación de inmensas ganancias de origen ilícito, todo lo que plantea desafíos mayúsculos al Derecho y la investigación penal.

Una autora como la Doctora Laura Zúñiga Rodríguez de la Universidad de Salamanca a este respecto sostiene varios postulados centrales que abreviaré: a) desde hace varios años “la realidad criminal ha desbordado los planteamientos teóricos y la vigencia de las normas”; b) citando a otro autor (Torredillos) nos dice que es indispensable desde la perspectiva del Derecho Penal: “La revisión crítica de los excesos del modelo económico neoliberal, caracterizado por impulsos objetivamente criminógenos que nadie parece querer domeñar; la orientación de la política criminal a la tutela de todos los bienes jurídicos implicados en el juego económico y no solo a garantizar las condiciones de desenvolvimiento de éste”; c) “Las diversas formas de criminalidad organizada transnacional crean sinergias y colaboran entre sí (…) Está pues absolutamente claro que los instrumentos jurídicos no están siendo idóneos para prevenir la criminalidad económica y la criminalidad organizada que azota a las sociedades actuales”  Aquí.

Altamente ilustrativos y esclarecedores los tres apuntes, destaca el segundo: el ejercicio de la libertad económica y de empresa propios del neoliberalismo sin límites sólidos y sin un marco jurídico penal duro, preciso y suficiente, deja sin control los impulsos “objetivamente criminógenos” de este modelo económico, porque la autoridad pública se preocupa mucho más por garantizar el libre juego económico, que por la tutela efectiva de los bienes públicos implicados en dicho juego, que son patrimonio social y administra el Estado. Excelente razonamiento.

Así la lucha contra la corrupción institucionalizada condensa una gran batalla del gobierno de la 4T-4R –con las fallas y dificultades que se quiera, pero que es real- contra “la captura del Estado” concretada en los gobiernos anteriores, es también, en contra de los “impulsos objetivamente criminógenos” del neoliberalismo que surgen por la simbiosis de la autoridad pública en los primeros círculos de poder con el capital privado transnacional, separación que el gobierno actual quiere lograr como objetivo de Estado (no sabemos si tendrá éxito, pero sí que es ya motivo de múltiples disputas) y nos remite a la necesidad imperiosa para los teóricos y especialistas en Derecho Penal, de ajustar la teoría y la investigación criminal a los términos actuales de expresión de las organizaciones del crimen transnacional organizado, cuyo desfase favorece la impunidad generalizada.

Agrega la autora citada:

“La corporate crime, como se conoce en criminología norteamericana a la criminalidad cometida desde las corporaciones, es el concepto que comprende la realización de estos delitos de cuello blanco de las sociedades reales y fantasmas, que protagonizan los latrocinios de los últimos tiempos. La situación de poder que caracteriza a la mayoría de sujetos que cometen delitos a través de sociedades refuerza estos comportamientos en una sociedad de riesgos y configura una serie de caracteres distinguibles: personas bien situadas social y económicamente, alto grado de impunidad, comportamientos adecuados socialmente, conductas que rozan la ilegalidad”.

Este es el perfil corporativo e individual-ejecutivo de los grandes delincuentes de “cuello blanco” que se asocian desde posiciones directivas privilegiadas en los consorcios transnacionales, cuyo poder se ha forjado, no en la ardua competencia contra rivales poderosos, e ingeniosos, agresivos contendientes en el mercado, sino por su alianza con políticos corruptos del primer círculo de poder, ávidos de riqueza personal que les permita asegurar a sus próximas dos generaciones, por lo menos, y “la gran vida” antes o durante su “paso a retiro”.

En México abundan los que cuadran perfectamente bien en los perfiles aquí descritos. No son “neoliberales” son “criminales de cuello blanco” que aprovechan los impulsos “objetivamente criminógenos” de un modelo económico que en su peor versión se asentó en tierras mexicanas