Seguimos en marzo, mujeres.

La historia de la señora Ernestina Ascencio de 73 años de edad, quien es originaria de Tetlatzingo, municipio de Soledad Atzompa, en Veracruz. Hace 14 años falleció, tras presuntamente ser violada y golpeada por militares, tras ser encontrada tirada en un punto de su localidad y después de una dolorosa peregrinación en busca de ayuda médica, la cual también fue negligente y omisa, fallece, el clasismo fue un detonante en el caso que hoy nos ocupa.

Ernestina Ascencio Rosario, la indígena que según FELIPE CALDERON HINOJOSA, presidente en funciones el 2007, falleció de “GASTRITIS”. Lo cual fue vergonzosamente avalado por el ombudsman de la CNDH en ese entonces JOSÉ LUIS SOBERANES FERNÁNDEZ y una lista interminable de funcionarios, municipales, estatales y federales.

La penosa marcha duraría 10 horas, buscando ayuda médica, la mujer de 73 años, con la vagina y el ano desgarrados, según los informes médicos, —“Sus agresores le introdujeron vía anal un objeto punzocortante que le destrozó el riñón, el hígado y el intestino”— por fin fue recibida en el hospital de Rio Blanco, al no ser hablantes de la lengua náhuatl en el hospital y no tener traductor la comunicación era imposible, por ende la atención deficiente.

Antes de perder el conocimiento identificó a sus agresores

“En los hechos referidos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y señalados en su informe de admisibilidad (No. 144/17) sobre la petición de actuación frente a la violación de derechos de la Sra. Ernestina Ascencio, se describe que se trataba de una mujer indígena náhuatl de 73 años, quien el 25 de febrero de 2007 habría sido violada y agredida sexualmente por miembros del 63 Batallón de Infantería del Ejército, que la noche anterior habían instalado un campamento en las cercanías de su hogar. Sus familiares la encontraron gravemente herida a 300 metros del campamento y, antes de perder el conocimiento, identificó a los soldados como sus agresores…”

Otra mujer, adulta mayor, violentada en Querétaro

Lo plasmado en el informe de la CNDH, me hace recordar un caso muy parecido en el estado de Querétaro, municipio de Cadereyta, el entronque entre las poblaciones de Higuerillas y Peña Blanca, el mismo modus operandi, instalación de campamento militar para contrarrestar trasiego de drogas de la Sierra Gorda al centro del país, igualmente una anciana violentada y muerta, solo fue secreto a voces en el pueblo, se temía a los militares, no se hizo justicia , la occisa era sola… nadie vio, nadie supo… ¿Cuántos casos más quedaron impunes? Nadie lo sabrá.

Murió debido al ataque sexuales

La Sra. Ernestina Ascencio falleció la madrugada del 26 de febrero debido a las graves lesiones que incluían “múltiples desgarros en las regiones vaginal y anal”, de acuerdo con la necropsia realizada por el hospital, en conjunto con la ginecóloga de la Agencia Especializada en Delitos Sexuales de la Procuraduría General de Justicia de Veracruz (PGJV). —Necropsia ignorada—

El 25 de febrero de 2007 familiares de Ernestina Ascencio y funcionarios del hospital denunciaron el ataque sexual a la PGJV originando la investigación 140/2007/AE por violación y posterior homicidio. ¿Dónde se perdió esta denuncia?

Por otra parte, la Secretaría de la Defensa Nacional ordenó a la Procuraduría de Justicia Penal Militar (PJPM) la apertura de la investigación 26Zm/04/2007 por abuso sexual.

Falleció por gastritis crónica: Calderón

“El 13 de marzo, el presidente de la República en funciones sostuvo que Ernestina Ascencio falleció por “gastritis crónica”, y el 29 de marzo la CNDH avaló esta versión, a través del comunicado 046/2007, señalando así las causas de la muerte: “Se cuenta con datos histopatológicos indicativos de anemia aguda por sangrado de tubo digestivo secundario a úlceras gástricas pépticas agudas en una persona que cursaba con una neoplasia hepática maligna y un proceso neumónico en etapa de resolución negando la violación: Se advierte la inexistencia de desgarros en la región vaginal de la occisa; y descartando, igualmente, la existencia de una perforación”, así como la fractura de cráneo: “Los estudios confirman la inexistencia de traumatismo cráneo-encefálico, fractura y luxación de vértebras cervicales”...

El 30 de abril apenas dos meses después de la agresión, la PGJV concluyó que la muerte de la señora Ascencio no se debió a “factores externos”, con ello dictamina el no ejercicio de la acción penal, la que causó estado el 17 de mayo de 2007 y el 27 de junio siguiente la PJPM determinó el archivo definitivo de su investigación por no acreditarse ninguna responsabilidad del personal militar. ¡Carpetazo y quedamos bien con Calderón y SEDENA!

La indignante relatoría de hechos sólo comprueba que Ernestina Ascencio, no recibió asomo de justicia debido a su condición de mujer mayor, indígena, pobre hablante sólo de náhuatl, sin atención médica precisa y oportuna, estigmatizada. La puntilla fue la celeridad y cierre de la deficiente investigación, la impunidad en contra del humilde, del jodido, del que lleva siglos esperando justicia.

El Estado benefactor en manos de Felipe Calderón y sus secuaces — porque no se pueden llamar de otra forma— determinaron que la muerte de Ernestina Ascencio SE DEBIÓ A CAUSAS NATURALES.

Violan el derecho a la justicia de mujer indígena

¿Dónde quedó su derecho a las garantías judiciales, su derecho a la honra, su derecho a la protección judicial, su derecho a la salud, su derecho al reconocimiento de su identidad indígena, su derecho al acceso a una vida libre de violencia.

Su caso dentro de la queja que, de oficio, inició la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el 27 de febrero de 2007 y derivó en una Recomendación, la 34/2007. Una simple “recomendación“; sin efecto alguno…

¿Dónde quedó el agravio cometido por personal de la Procuraduría General de Justicia del estado de Veracruz y, por parte de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional?

¿Dónde están todas las omisiones que implican conductas evasivas o de entorpecimiento por parte del Presidente FELIPE CALDERÓN HINOJOSA, el presidente de la CNDH JOSÉ LUIS SOBERANES FERNÁNDEZ, el alcalde Municipal de Soledad Atzompa, Veracruz; y del servidor público de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz en la colaboración con las “investigaciones” avalaron la versión de la muerte por “gastritis crónica” de la señora Ascencio Rosario?

La parcialidad de la Recomendación 34/2007, del 3 de septiembre del 2007, es ABERRANTE y contraria a la naturaleza de la responsabilidad de la CNDH.

Este 12 de marzo de 2021, la presidenta de la COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, la Maestra Rosario Piedra Ibarra, ha determinado que se inicie la revisión de la Recomendación 34/2007, pide ser minuciosos en concreto a los hechos referidos respecto a la grave y múltiple violación a los derechos humanos de Ernestina Ascencio Rosario, desde los estándares vinculantes más elevados en la materia, con perspectiva de inclusión (género, etaria, étnica, multicultural) y con estricto apego a la normatividad aplicable en la materia. Porque como bien lo señala la Alta Comisionada Adjunta de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,Kate Gilmore:

"Toda investigación sobre abusos y violaciones de derechos humanos que no incluya la perspectiva de género como uno de sus criterios, corre el peligro de ser incompleta, en el mejor de los casos, o de estar prejuiciada, en el peor de ellos”.

“Las investigaciones que pasan por alto la forma en que el género y otras identidades y las normas sociales conexas contribuyen a agravar, dar apariencia de normalización, ocultar e incluso excusar las repercusiones en materia de derechos humanos, son inaceptables”.

El comunicado de prensa cierra:

En ese mismo sentido, esta Comisión manifiesta su más amplia colaboración y apertura con las instancias correspondientes del Estado mexicano, así como con los organismos internacionales, para brindar las facilidades que, en el ejercicio de sus funciones, permita esclarecer este caso tan sensible que agravia a las mujeres y en general a toda la sociedad mexicana.

¡Las víctimas primero!