Un grupo de hombres sujetos a investigación ha arrancado una campaña estilo vieja política pintando bardas en las que convocan a sumarse en contra de las “denuncias falsas”. El truco estadístico consiste en que se toma el número de denuncias por violencia sexual o familiar, se resta el de condenas con sentencia firme y se llama “falsas” a la diferencia. Es una trampa, y quien la usa suele saberlo.

La Fiscalía General del Estado español lo dijo en 2012: la no condena no equivale a denuncia falsa. Una carpeta puede quedar sin sentencia porque la víctima abandonó el proceso, porque el agresor reincidente nunca fue localizado, porque la prueba no alcanzó o porque nadie la investigó a tiempo. Ninguna de esas razones habla de mentira. Para nuestro país, la brutal realidad topa con pared al comprender que un asunto puede quedar sin sentencia porque el diseño del sistema de justicia además de ser costoso e inaccesible, ofrece mil y un obstáculos antes de poder llegar a una resolución que compruebe los hechos que se acusan. Eso no implica que los hechos hayan sido falsos o inexistentes, lo que suele suceder es que quienes juzgan no le dan valor probatorio a lo que se ofrece o bien, que en el camino de la prueba desde la integración de las acusaciones en las fiscalías (que no son poder judicial ni dependen de aquel) hay corrupción en contra de las víctimas, quienes coincidentemente, suelen tener menos recursos económicos en contraste con sus agresores.

En España, donde sí se cuenta, de más de un millón de denuncias entre 2009 y 2016 solo 194 derivaron en un procedimiento por acusación falsa, y 79 terminaron en condena. Aquí no existe un dato así. En el debate sobre la iniciativa de Cuauhtémoc Blanco contra las denuncias falsas, uno de sus impulsores reconoció que el fenómeno no se reconoce oficialmente en México. Lo que circula son afirmaciones sin metodología pública, como la del entonces presidente de que el 90 por ciento de las llamadas por maltrato eran falsas, que además hablaba de llamadas al 911 y no de denuncias penales.

Lo que sí existe en México son las estadísticas del embudo, y cuentan otra historia.

Según la ENVIPE 2026, solo 9% de los delitos se denunció y la cifra oculta alcanza 93.4%. Entre quienes no denuncian, las razones más citadas son la pérdida de tiempo, la desconfianza en la autoridad, la falta de pruebas y el miedo al agresor. En violencia sexual el abismo es mayor: la ENSU estimó que 98.6% de los casos contra mujeres no se denunció, y que hubo 8,597 carpetas por violación frente a 194,334 víctimas estimadas en el segundo semestre de 2021, es decir, una carpeta por cada veintitantas víctimas. Lo que llega a una fiscalía es una fracción mínima y sesgada del problema, y dentro de esa fracción el sistema avanza poco pues entre 2017 y mayo de 2019 se abrieron 33,316 carpetas por violación y se lograron 3,698 sentencias condenatorias, el 11%.

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Los tribunales muestran lo mismo desde el otro lado. En 2024, de las personas sentenciadas por los poderes judiciales, 93.2% recibió condena y 6.2% absolución. Quien llega a juicio suele haber pasado una etapa compleja de datos de prueba y así ser condenado, así que el último filtro no siempre está en el juez. En los juzgados de control estatales hubo 131,079 conclusiones y solo 58 fueron absolutorias; la mayoría de lo que no termina en condena son salidas alternas y sobreseimientos (cálculo propio con cifras del INEGI). El problema es que llegar a esa instancia es misión imposible y detrás de todo eso hay un rezago enorme: 503,937 causas penales pendientes de concluir al cierre de 2024, 14.3% más que el año anterior. Las fiscalías cerraron 2025 con 2.9 millones de procedimientos pendientes. Un sistema que no resuelve lo que recibe lejos de estar depurando mentiras, está acumulando casos y diluyendo la oportunidad de tener justicia pronta y expedita como dice la Constitución.

Conviene decir con honestidad hasta dónde llegan estos datos, porque la defensa de una tesis no se fortalece exagerándola. Primero, estas cifras no prueban que no existan denuncias falsas. Existen, el delito de falsedad está tipificado y en la estadística judicial federal aparece con 556 delitos registrados en 2024. Esa categoría incluye cualquier falsedad ante autoridades, no solo la denuncia por violencia, así que sirve como piso y no como medida.

Segundo, ninguna estadística judicial publicada en México distingue la absolución por “denuncia falsa” de la absolución por duda razonable. Esa ausencia vale para ambos lados porque tampoco permite afirmar que sean pocas. La alta tasa de condenas incluye acuerdos de procedimiento abreviado, que no pasan por un juicio contradictorio completo.

Finalmente, la presunción de inocencia es un principio que sostiene el sistema, y absolver por falta de pruebas es correcto aunque la víctima haya dicho la verdad. Es justo la razón por la que una absolución no puede leerse en ninguna dirección pero al mismo tiempo, obliga al Estado a reforzar el blindaje contra la corrupción a nivel de peritajes pues esa falta de pruebas en delitos de realización oculta suelen quedar a criterio de valoraciones psicológicas que revictimizan y disuaden la denuncia, dejando a las redes sociales como el último espacio para obtener algún tipo de justicia.

Lo que sí se puede afirmar es que el sesgo está en leer una brecha de capacidad como una brecha de verdad. Mientras el 93% de los delitos no entra al sistema, mientras tres de cada cuatro denuncias llegan a carpeta y casi ninguna llega a sentencia, y mientras los pendientes crecen, la variable que explica la no condena es la incapacidad institucional, no la mentira de quien denuncia. El hecho de que haya grupos haciendo propaganda política sobre las “denuncias falsas” fortalece la idea de que las víctimas mienten y construye una visión machista, estereotipada e incluso, con agendas personales dentro que sugieren una finalidad perversa como obtener dinero, cobrar venganza o “arruinar vidas”, opacando el debate sobre la verdad de hechos que las víctimas justamente han denunciado.

Si de verdad queremos saber cuántas denuncias son falsas, la respuesta no está en la intuición ni en la polémica sino en pedir los datos de carpetas por delito sexual desagregadas por tipo de determinación, procesos por falsedad de declaraciones y sentencias desagregadas por delito. Hasta entonces, llamar “falsas” a las denuncias que el Estado no supo resolver es culpar a quien denuncia del fallo de quien debía investigar.

Al mismo tiempo, la falta de estadística alimenta esa narrativa. Si pudiésemos saber realmente cuántas denuncias no avanzan por ser no comprobable frente a las que pueden verificarse como denuncias armadas desde la falsedad, otra historia veríamos. La ausencia de una cifra oficial es, en sí un problema, porque el sistema no mide ni persigue las denuncias falsas, y que eso deja sin recurso a personas acusadas en falso, con costos reputacionales graves. Los datos mexicanos disponibles no distinguen esto ni lo resuelven. Lo curioso es preguntarnos ¿De donde viene la iniciativa estilo candidato político de pintar paredes con esos mensajes?