REFUTACIONES POLÍTICAS

Grave error de todas las partes involucradas en el debate sobre la elección del Poder Judicial ha sido poner la figura del juez en el primer plano, bajo el prejuicio de que los profesionales del Derecho, los abogados, son los únicos a quien corresponde administrar justicia o resolver conflictos. La historia nos demuestra que no siempre fue así y que existen formas realmente democráticas del ejercicio jurisdiccional donde los ciudadanos son quienes se responsabilizan de la justicia y no están sujetos ni a la práctica electoral ni a la tecnocracia abogadil

La administración de justicia es un componente esencial del Estado y de cualquier sistema democrático de Derecho. Fuera de la óptica representativa o meritocrática, el jurado popular es una institución histórica que no solo garantiza la imparcialidad y la equidad en los procesos judiciales, sino que también fortalece la participación ciudadana en la administración de justicia. A lo largo de la historia, esta institución ha evolucionado y se ha adaptado a las necesidades de la sociedad, reflejando valores democráticos fundamentales como el de la democracia participativa

El jurado popular es más democrático, que la elección directa o la designación por carrera judicial de jueces, porque permite que personas comunes y corrientes participen directamente en la toma de decisiones judiciales, asegurando que se escuchen diferentes perspectivas y experiencias. En cambio, la elección o designación por carrera judicial de jueces tiende a concentrar el poder en manos de grupos de poder tecnocrático, como políticos o abogados, lo que limita la diversidad de voces en el Poder Judicial.

Aunque el jurado popular proviene de la antigua Atenas, los heliastas, sentó sus raíces en la Inglaterra medieval y se ha consolidado como un mecanismo de participación ciudadana en el sistema judicial anglosajón (common law). Su función principal es decidir sobre la culpabilidad o inocencia de un acusado en un juicio penal, o determinar la responsabilidad en casos civiles. En la España del siglo XVI, la administración de justicia en los municipios estaba en manos del pueblo, siguiendo una tradición que permitía a los ciudadanos participar activamente en la resolución de conflictos y en la aplicación de la ley. Los vecinos se reunían en el concejo abierto, una asamblea pública en la que se discutían y decidían los asuntos de la comunidad. El concejo abierto era una expresión de la democracia directa, donde cada ciudadano tenía voz y voto en las decisiones que afectaban a su vida cotidiana. Esta forma de gobierno local permitía una justicia más cercana y participativa, en la que las personas no solo eran receptoras de la ley, sino también creadoras y ejecutoras de esta. La figura del alcalde, elegido por los propios vecinos, actuaba como juez y mediador en los conflictos, asegurando que la justicia fuera administrada conforme a las necesidades y valores de la comunidad.

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Montesquieu en El Espíritu de las Leyes establece que los jueces no deben ser legisladores ni ejecutivos, sino intérpretes de la ley que aplican normas preexistentes a casos específicos. Los jueces actúan como “bocas de la ley”, es decir, como intermediarios que expresan las normas legales sin alterarlas ni crear nuevas leyes. Los jueces deben ser ciudadanos ordinarios seleccionados temporalmente para desempeñar esta función y no profesionales del Derecho con cargos permanentes. De esta manera, se evita la formación de una casta judicial que se convierte en un grupo de poder separado del resto de la sociedad. Montesquieu destaca la importancia de la participación ciudadana en el sistema judicial. Propone que los juicios sean realizados por jurados compuestos por ciudadanos comunes, quienes, al no estar vinculados a la administración del gobierno ni a los intereses del Estado, actúan con mayor imparcialidad. La inclusión del jurado popular en el proceso judicial, para Montesquieu, no solo garantiza una mayor justicia, sino que también fomenta la responsabilidad y el compromiso cívico entre los ciudadanos.

El sistema de selección aleatoria y democrática de los miembros del jurado popular garantiza la imparcialidad, permitiendo que las decisiones cruciales sean tomadas por pares en lugar de autoridades gubernamentales. La participación en el jurado popular también fomenta una mayor conciencia cívica entre los ciudadanos. Al involucrarse en el proceso judicial, los jurados adquieren un profundo entendimiento de sus derechos y responsabilidades, lo que contribuye a una ciudadanía más informada y activa. 

A través de la participación en la aplicación y sanción de la Ley, los ciudadanos no solo ejercen sus derechos, sino que también contribuyen a la legitimidad y la equidad del sistema legal. En un mundo cada vez más complejo, donde la justicia puede ser desafiada por el abuso de poder y las desigualdades, esta institución representa un baluarte de defensa de los derechos y de la justicia social. Es imperativa una reforma de la reforma judicial, que entienda la importancia de la participación ciudadana democrática y directa en el ejercicio judicial, por encima de la democracia representativa electoral y la meritocracia burocrática, asegurando así que la justicia sea democrática, directa, popular, accesible y equitativa para todos.

El jurado popular es la manifestación directa de la soberanía del pueblo, como lo establece el artículo 39 de nuestra Constitución. Al determinar constitucionalmente que ciudadanas y ciudadanos comunes participen en la toma de decisiones judiciales, se asegura que la justicia refleje los valores y el sentido común de la sociedad en su conjunto. Es una forma de democracia participativa que empodera a la gente y fortalece nuestro sistema judicial.