La revista EMEEQUIS lleva dos días publicando una supuesta investigación sobre una aeronave, propiedad de la Guardia Nacional, que ha realizado “sospechosos” viajes a la ciudad en los Estados Unidos en que habita uno de los hijos del Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

La intención de sembrar en sus lectores esta narrativa con tufos de corrupción es más que evidente. En estas publicaciones se da a entender, aunque jamás se afirma, que José Ramón López Beltrán está haciendo uso de dicho avión, o que se esté beneficiando del mismo de alguna manera en concreto. Con poner la duda en la mesa se conforma.

El título de la primera nota dice escandalosamente “¿QUÉ TANTO HACE EL XC-PFT DE LA GUARDIA NACIONAL EN HOUSTON, TEXAS?”. Su autor, Santiago Alamilla, coloca como balazo “El avión GulfStream de la Guardia Nacional, que el presidente suele usar cuando evita aviones comerciales, se ha trasladado en los últimos días a Houston, donde reside su hijo, José Ramón López Beltrán. No hay reporte oficial de los motivos para esos traslados.”

Ya desde aquí podemos observar que no hay una investigación seria sobre un presunto uso indebido de una aeronave del Ejército, sino que se trata de una suposición de quien escribe la nota, tratando de relacionar el tema con el hijo del presidente.

¿Por qué afirmo lo anterior?, pues al día siguiente, una vez que dicha nota fue desmentida por la Guardia Nacional, la revista arremetió publicando lo siguiente, aunque ahora ya no la firma Santiago Alamilla, sino “Redacción emeequis”: “GUARDIA NACIONAL NIEGA VUELOS A TEXAS; REGISTROS DE MATRÍCULA EN APPS CONTRADICEN SU VERSIÓN”, “Guardia Nacional se basa en el número de vuelo que aparece en aplicaciones para negar que su aeronave XC-PFT haya volado recientemente a Houston, Texas, donde reside José Ramón López Beltrán, hijo del presidente López Obrador. Pilotos consultados dicen a EMEEQUIS que el número de matrícula es el valor oficial que debe tomarse en cuenta, mismo que se utilizó en nuestra nota.”

Esta segunda menciona a FlightRadar24, como una de sus fuentes en la “sesuda” investigación de Alamilla, pero no aclara que la misma página web señala que a veces: “XB-RLX transmite una dirección de 24 bits de la OACI incorrecta. Debido a que estas direcciones están diseñadas para ser únicas, nuestro sistema interpreta las dos aeronaves como una sola aeronave. Situaciones similares han ocurrido anteriormente, por ejemplo: ‘No, American Airlines Isn’t Flying a Piper PA-28 Across the Atlantic’ (No, American Airlines no está volando un Piper PA-28 a través del Atlántico)

La revista concluye diciendo que ha hecho lo que debió ser su punto de partida: “EMEEQUIS ha solicitado las bitácoras de vuelo, los nombres de los tripulantes, y los manifiestos de carga y pasajeros a través del portal de transparencia.” Y es que si de verdad está realizando periodismo de investigación lo primero que debió hacer el periodista en cuestión era solicitar las bitácoras de vuelo.

Debemos darle el beneficio de la duda, porque es muy probable que no sepa lo que son las bitácoras. En la aviación hay dos tipos, la bitácora de vuelo de la tripulación, aprobada por la autoridad aeronáutica, en la que se registra el tiempo de vuelo, además del tiempo en el entrenador sintético correspondiente. Y Libro de bitácora: que es el documento oficial que se lleva a bordo de la aeronave y en el que se registran los parámetros operacionales más importantes de la misma, mantenimiento, fallas registradas, antes o durante el vuelo, acciones tomadas al respecto y tiempos de la aeronave.

Como pueden ver, son dos cosas diferentes que sin embargo van de la mano. Las bitácoras son muy importantes, al grado de que las anotaciones en el libro de bitácora deberán llevarse al día, hacerse con tinta y escribirse con letra legible. Las equivocaciones o errores deberán tacharse y no se aceptarán enmiendas sobre anotaciones borradas.

¿Qué datos específicos contienen las bitácoras?

  • Marca de nacionalidad y matrícula de la aeronave.
  • Marca y modelo de la aeronave.
  • Fecha de apertura del libro de bitácora en conformidad con los lineamientos establecidos en el numeral 6 de la Norma Oficial Mexicana NOM-084-SCT3-2000.
  • Nombre del operador aéreo.
  • Número de folio para cada hoja.
  • Nombre de los miembros de la tripulación.
  • Cargo de los miembros de la tripulación.
  • Lugar y hora de salida, y lugar y hora de llegada.
  • Tiempo del vuelo y tipo de operación (IFR, VFR, etc.).
  • Firma del piloto al mando de la aeronave.
  • Carga de combustible o combustible a bordo.

Además, cualquier incidente que se produzca ya sea en tierra o a bordo, nombre, firma y número de licencia del personal técnico aeronáutico de mantenimiento que realizó las tareas de mantenimiento y de quien efectuó la liberación de mantenimiento por cada vuelo, con la certificación y los requisitos que exijan las normas oficiales mexicanas.

Y eso no es todo, aquí viene la parte más importante, y que ustedes lectores deben saber para no caer en las garras de las falsas noticias, es la Norma Oficial Mexicana NOM-084-SCT3-2000 la que establece el contenido del libro de bitácora

Dicho ordenamiento puede consultarse con relativa sencillez en Internet, y dice en sus numerales 11 y 12:

11. De la evaluación de la conformidad

11.1. A los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos nacionales, a través de la inspección de los Libros de Bitácora a fin de observar el cumplimiento con los requisitos exigidos en la presente Norma Oficial Mexicana, como son: tiempos de vuelo, asignación de tripulantes, tareas de mantenimiento efectuadas, alteraciones fraudulentas y otros.

11.3. A los miembros de tripulaciones de vuelo, a través de la inspección de sus Bitácoras de Vuelo a fin de observar el cumplimiento con los requisitos exigidos en la presente Norma Oficial Mexicana, como son: tiempos de vuelo, cargos y tiempos de servicio, tipos de operación, alteraciones fraudulentas y otros.

12. Sanciones

12.1. Las violaciones a la Norma Oficial Mexicana, serán sancionadas en los términos de la Ley de Aviación Civil, sus respectivos reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Creo con toda convicción que la celeridad de la información no debe ser el pretexto para entregar al público lector información falsa. Podemos imaginar que la necesidad de publicar se encontró con la urgencia de lanzar dardos envenenados sin sustento alguno, con el único objetivo de darle cuadratura a un círculo narrativo titulado “Actos de corrupción de José Ramón”.

El periodista debió solicitar las bitácoras, tanto las de vuelo como el libro para poder fundamentar su texto con hechos, y no con apps. Si el gobierno se niega a dar esa información, entonces tendría “la nota” redonda, pero así… flaco favor le hizo a su medio informativo, y a los lectores que arrugamos la nariz ante las fake news.