Representantes de la Barra Mexicana Colegio de Abogados (BMA) pidieron a diputados federales abandonar el proyecto de Ley General de Aguas Nacionales por considerarlo inconstitucional, ya que sólo regula el uso y aprovechamiento del líquido.

En reunión con la Comisión de Recursos Hidráulicos, los juristas señalaron que no se concentra en el derecho humano de acceso a ese recurso, estipulado en la Carta Magna desde el año 2012.

Durante el encuentro, Héctor Herrera Ordoñez y Javier Dorantes Díaz, segundo vicepresidente y coordinador de la Comisión de Derecho Ambiental de la BMA, respectivamente, recordaron que el dictamen de la Ley reglamenta los artículos 4 (derecho humano al acceso al agua) y 27 (regulación del uso del agua) de la Constitución.

Consideraron necesario reformar o derogar la ley de aguas vigente, ya que se volvió obsoleta; empero, subrayaron que los dos mandatos de la Carta Magna son diferentes, por lo que no se pueden mezclar en una sola norma o precisar una distinta para cada cuestión.

El proyecto es inconstitucional, insistió Dorantes Díaz, porque no considera las disposiciones jurídicas internacionales en materia del derecho humano al agua; impide la progresividad de otras garantías; deja jurídicamente indefensos a muchos usuarios y no considera a grupos vulnerables como los indígenas, ni soluciona sus problemas de accesibilidad al líquido.

Herrera Ordóñez advirtió que si se expide la Ley General de Aguas generaría problemas que pondrían en riesgo su eficacia, pues sería impugnada mediante controversias constitucionales tanto por entidades federativas que no la aprueben como por cualquier usuario del agua que fuera perjudicado y demande violación a derechos humanos por el exceso de facultades discrecionales de las autoridades.

?Sería riesgosa una ley cuya eficacia sea cuestionable. El Congreso está obligado a vigilar y hacer respetar los derechos humanos?, añadió.

Por lo tanto, dijo, proponemos que se trabaje en una Ley del Derecho de Acceso al Agua que se concentre en la reglamentación del cuarto constitucional y ayude a resolver las demandas de justicia social para los que menos tienen.

Asimismo, coincidieron en que una norma que atienda el derecho humano al agua debe garantizar un mínimo vital para los ciudadanos; satisfacer exigencias de calidad y salubridad que no pongan en peligro la salud de los consumidores; un acceso económico, así como fomentar el uso de plantas tratadoras, entre otros aspectos.

Con información de Notimex.