En un hecho histórico, senadores aprobaron prohibir las terapias de conversión a menores de edad, por lo que las personas que realicen este delito, ahora recibirán un duro castigo.

Con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, se aprobaron las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud.

Lo anterior para suprimir los llamados Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o Identidad de Genero (ECOSIG), según lo votado en la Cámara de Senadores.

Es importante señalar que los senadores que votaron en contra de la prohibición de las terapias de conversión, fueron legisladores pertenecientes al Grupo Parlamentario de Partido Acción Nacional (PAN).

Estos fueron los senadores que votaron en contra:

  • Alfredo Botello Montes
  • Víctor Fuentes Solís
  • Alejandra Reynoso Sánchez
  • Lilly Téllez

Pero, ¿cuál será el duro castigo que recibirán aquellos que realicen las conocidas como terapias de conversión tanto a menores de edad como a cualquier ser humano? Entérate.

Senadores aprueban castigar con cárcel a quienes realicen terapias de conversión

Con lo aprobado por los senadores, aquel que realice terapias de conversión contra cualquier persona, pasará de dos a seis años en prisión, como parte de este duro castigo.

También será acreedor de una multa de mil de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a 108 mil a 216 mil pesos.

En tanto que estas sanciones serán aplicadas a aquellos que realicen terapias de conversión a través de las siguientes prácticas:

  • Impartir, aplicar, obligar o financiar cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona
Cámara de Senadores prohibe terapias de conversión en México

¿Cuál es duro castigo que recibirán las personas que realicen terapias de conversión a menores de edad?

Sin embargo, si la terapia de conversión está dirigida a menores de edad, el duro castigo aumentará hasta 12 años de prisión.

Esta severa sanción aplica de la misma manera si los ECOSIG son puestos en práctica contra adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

Además, si es el padre, madre o tutor del menor de edad quienes llevan a cabo las terapias de conversión, podrían recibir el apercibimiento que un juez considere.

Asimismo, la reforma avalada por senadores enmarcó que en caso de que sea un funcionario quien cometa esta cruel práctica, se les destituirá e inhabilitará del puesto “por un tiempo igual a la pena impuesta”.

Esto aplica también para las personas relacionadas a prácticas médicas que realicen terapias de conversión a menores de edad o cualquier persona, donde además serán suspendidas del ejercicio profesional de uno a tres años.

“Cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta”

Reforma para prohibir terapias de conversión

¿Qué son las terapias de conversión prohibidas por senadores?

Las terapias de conversión son “intervenciones profundamente dañinas”, que buscan cambiar a la identidad y orientación sexual de la población LGBT, de acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas.

Además, esta crueles prácticas tildan a la comunidad LGBT como personas “enfermas”, de acuerdo con la Agencia de las Naciones Unidas.

Mientras que las terapias de conversión se llevan a cabo mediante ejercicios que “infligen dolor y sufrimiento severos, y resultan en daños psicológicos y físicos de larga duración”.

Desde el año 2012, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) demostró que no hay justificación médica que avale las terapias de conversión.

Por lo que estas inhumanas prácticas, representan una “grave amenaza para la salud y los derechos humanos de las personas afectadas”.

Senado prohíbe terapias de conversión