México.- Luego de siete años, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) finalizó el caso del feminicidio de Karen Joanna Sánchez Gochi, estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) ocurrido en Azcapotzalco, en 2012.
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La Sala avaló el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien propuso negar el amparo a la persona responsable del feminicidio, Mario Gabriel Enríquez Pérez, y ratificar la sentencia de 35 años de prisión, y el pago de la indemnización por 45 mil 550 pesos a la mamá de la víctima.
El amparo solicitado por la defensa de Mario, argumentaba que él fue víctima de “emociones” que lo llevaron a matar a la estudiante de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, en un hotel que se localiza en las inmediaciones de dicha alcaldía, en la Ciudad de México.
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El ministro Ortiz Mena señaló que la defensa del sentenciado alegó que cuando Mario cometió el homicidio se encontraba “en un estado de emoción violenta provocado, según su declaración, por la intención Karen de revelar a una de sus parejas, que ellos sostenían una relación”, es decir, el acusado habría tenido más de una relación en ese momento, y la víctima quería decirlo.
El 11 de junio de 2012, Mario fue a buscar a Karen a las 10 de la noche a su casa. Ella pidió permiso a su familia para verlo y se fue con él. Mario Gabriel la llevó a un hotel de la colonia Obrera Popular, donde la asfixió. El cuerpo de la joven fue hallado al día siguiente.
“Emoción violenta”
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De acuerdo con la legislación penal de la Ciudad de México, el estado de emoción violenta funciona como atenuante de condena para los delitos de homicidio y lesiones, pues está basada en la comprensión de que existen situaciones en la vida susceptibles de colocar a las personas en el escenario indefectible y razonable de traspasar ciertas barreras.
Con información de Milenio y MVS