México.- En el estado de Nayarit, un juzgado federal ha declarado inconstitucional el artículo 135 del Código Civil local, en el que se establece que el matrimonio es la unión exclusiva entre un hombre y una mujer. 

El juzgado consideró que la ley de Nayarit transgrede los principios de igualdad y no discriminación que prevé la Constitución Mexicana, por ello concedió un amparo a una pareja homosexual, quienes habían recibido la negativa por parte de las autoridades del estado para casarse. 

Para el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y Laboral de Juicios Federales en el Estado de Nayarit, el artículo 135 resulta discriminatorio pues impide de manera injustificada que las parejas homosexuales gocen de los mismos beneficios que las heterosexuales a partir de su unión civil. 

Así mismo, el fallo del juzgado señala que derivado de los criterios adoptados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se reconoce que el artículo 4 de la Constitución protege varios derechos, como la igualdad entre hombre y mujer ante la ley; la protección a la familia, correspondiendo a la ley establecer los relativo a su organización y desarrollo; el derechos de las personas a decidir el número y espaciamiento de sus hijos, en forma libre, responsable e informada.

"Si bien en nuestra constitución no se contempla un derecho a contraer matrimonio entre personas del mismo sexo, lo cierto es que el derecho al libre desarrollo de la personalidad implica también el decidir casarse o no", advirtió el juzgado. 

Entonces, es parte del pleno desarrollo de los individuos homosexuales, establecer libre y voluntariamente una relación afectiva con otro como ellos. 

"Las relaciones afectivas entre personas del mismo sexo o entre personas de sexos opuestos, unas y otras, comparten como característica la constitución de una comunidad de vida a partir de lazos afectivos, sexuales y de solidaridad recíproca, con una vocación de estabilidad y de permanencia en el tiempo; de ahí que no exista razón fundada para dar un trato desigual a ambos tipos de parejas", detalló el fallo. 

Fue el pasado 1 de julio que el Registro Civil de Tépic, Nayarit, dio cumplimiento a esta sentencia en favor de la pareja homosexual que obtuvo el amparo, según el Consejo de la Judicatura FederalLa pareja que se casó está formada por Daniel Izcoatl y "Pedro", este último pidió anonimato.

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Trasciende que en estados como Chihuahua, Oaxaca, Jalisco y Yucatán, la SCJN ha intervenido otorgando amparos a parejas homosexuales para que sea reconocido su derecho a contraer matrimonio. 

Con información de Excelsior