29 de abril de 2024 | 07:22 p.m.
Opinión de Juan Carlos Miranda Arroyo

    “Mejora de la Educación”: Tripulación sin Brújula

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    La Fracción IX del artículo 3o. Constitucional, promulgado el pasado 15 de mayo de 2019, establece la creación del “Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación” y de un Organismo Público que se encargará de coordinar a dicho sistema, cuyas características son las siguientes: será “descentralizado, con autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propios, no sectorizado, al que le corresponderá: a) Realizar estudios, investigaciones especializadas y evaluaciones diagnósticas, formativas e integrales del Sistema Educativo Nacional; b) Determinar indicadores de resultados de la mejora continua de la educación; c) Establecer los criterios que deben cumplir las instancias evaluadoras para los procesos valorativos, cualitativos, continuos y formativos de la mejora continua de la educación; d) Emitir lineamientos relacionados con el desarrollo del magisterio, el desempeño escolar, los resultados de aprendizaje; así como de la mejora de las escuelas, organización y profesionalización de la gestión escolar; e) Proponer mecanismos de coordinación entre las autoridades educativas federal y de las entidades federativas para la atención de las necesidades de las personas en la materia; f) Sugerir elementos que contribuyan a la mejora de los objetivos de la educación inicial, de los planes y programas de estudio de educación básica y media superior, así como para la educación inclusiva y de adultos, y g) Generar y difundir información que contribuya a la mejora continua del Sistema Educativo Nacional.”... “La ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del organismo para la mejora continua de la educación, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. Definirá también los mecanismos y acciones necesarios que le permitan una eficaz colaboración y coordinación con las autoridades educativas federal y locales para el cumplimiento de sus respectivas funciones.” (1)

    La Comisión de Educación del Senado de la República es la instancia encargada de seleccionar a la tripulación que dirigirá los destinos de esta nave. Los cuerpos colegiados a los que se refiere el texto Constitucional, que tomarán el timón del nuevo Organismo Público “Mejorador” de la Educación (OPME) son: una Junta Directiva y un Consejo Técnico. Durante las últimas semanas  la Comisión antes mencionada ha entrevistado a una serie de aspirantes que quieren formar parte de esa tripulación. “Quieren”, pero ¿pueden? Hasta el momento y debido a una lista de tropiezos en los procedimientos generados por las y los senadores (pifias que han sido señaladas, por académicos y periodistas especializados en educación, a través de redes sociales, como casos de evidentes plagios), la Comisión se ha visto obligada a ampliar los tiempos de la convocatoria (aunque se le demandó a reponer el proceso, cosa que no hizo). Por lo anterior, durante estos días se ha llevado a cabo la segunda ronda de entrevistas públicas para integrar a los cuerpos colegiados del OPME.

    Una primera valoración de lo que se ha visto en las transmisiones por redes sociales, es que los aspirantes, en su mayoría y con honrosas excepciones, no tienen brújula ni idea acerca de las necesidades prioritarias, nacionales y locales, de la educación pública en México. En algunos casos, la mirada sobre la problemática educativa actual y lo que demandará el país en el futuro, se reduce a la narrativa de las experiencias personales; en otros casos, el esquema de análisis prevaleciente tiene un corte de tipo “tecno burocrático”, como si los conflictos de la educación pública en México se pudieran resolver desde una hoja de cálculo. Prácticamente, al proceso de elección de la tripulación del barco educativo, que apenas se encuentra en construcción, en astilleros, se le podría adoptar el popular dicho: “No están todos los que son ni son todos los que están”.

    Algunos de los aspectos conceptuales que considero no se han revisado durante este proceso de entrevistas, con un sentido de cambios a fondo en materia educativa, son los siguientes: a) La definición o caracterización de lo que se deberá entender por “Mejora Continua”, concretamente por “Mejora Continua de la Educación” y por “Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación (SNMCE)”; b) Qué principios filosóficos, sociológicos y pedagógicos regirán al Organismo Público en cuestión y sus responsabilidades como coordinador del Sistema Nacional de MCE, entre otros aspectos. (2)

    Considero que los nuevos directivos de este Organismo Público “Mejorador” de la Educación, habrán de partir de los ejercicios críticos que se han hecho al Reformismo Conservador, durante las últimas tres décadas. El discurso neoliberal en materia educativa, que permea lo mismo al marco legislativo que a los lenguajes y las prácticas del magisterio mexicano, tendría que ser puesto a discusión y a un análisis permanente y profundo. Habría que recuperar, para ello, la crítica que se ha registrado al enfoque conceptual, de origen, que fundamenta la idea de la “mejora continua” de la educación, y que ha sido planteada por varios autores.

    Aun cuando ha sido modificado recientemente el texto Constitucional, no hay que olvidar que, a través de la apropiación de conceptos como “mejora continua” de la educación, hay sutilezas inherentes al proceso de rediseño legislativo e institucional, mismas que no hay que pasar por alto, puesto que conservan la racionalidad empresarial metida en la escuela pública. Digo esto, sobre todo, porque estos referentes se ven reflejados, eventualmente, en las prácticas y las culturas escolares y de aula. ¿Cuál es la posición teórica y metodológica que tienen los y las aspirantes en torno a estas cuestiones? ¿Cuál es su perspectiva frente al concepto dominante de “Calidad de la Educación”? que ha sido definida en la ley anterior como “la cualidad de un sistema educativo que integra las dimensiones de relevancia, pertinencia, equidad, eficiencia, eficacia, impacto y suficiencia”.

    Por último, pregunto, relacionado con lo anterior: ¿Cómo visualizan el tema de las responsabilidades institucionales del nuevo Organismo, con respecto al desastre educativo en que se encuentra el país? Como lo afirmé recientemente, un aspecto observado de manera crítica, a la junta de gobierno del INEE, como “organismo público autónomo”, fue su desdén o soberbia al no reconocer su responsabilidad institucional en el fracaso de las políticas educativas y el desastre educativo del país, no solamente en términos de aprendizajes escolares, sino también en cuestión de rezago educativo; carencias en infraestructura; falta de actualización de planes y programas; así como los pésimos procesos y resultados en términos de la formación inicial y continua de los profesionales de la educación. 

    Los futuros equipos dirigentes del Organismo Público de referencia, en caso de que sí contaran con brújula y mapa de navegación ¿tienen una idea del puerto al que habrán de llevar a esta nave y a sus pasajeros? ¿Están preparados para asumir sus responsabilidades si esta misión no cumple con su objetivo?

    Fuentes consultadas:

    (1) Diario Oficial de la Federación, 15 de mayo, 2019. México.

    (2) Para más detalles sobre esta crítica, ver mi comentario: “Educación: Leyes Reglamentarias 2019 (Parte II)”, SDP Noticias, 12 de junio, 2019.

    jcmqro3@yahoo.com