Hace unos días, en específico, el ocho de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el cual se reforma el artículo cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La reforma garantiza, a nivel del texto supremo, apoyo económico a quien tenga una discapacidad permanente, dando prioridad para tal efecto a grupos en situación de vulnerabilidad como: menores de edad; indígenas y afromexicanos hasta los 64 años y quienes se encuentren en situación de pobreza; igualmente.

El mismo decreto también estipula el derecho a recibir una pensión por parte del Estado a las personas mayores de 68 años y, 65 años, cuando se trate de personas pertenecientes a grupos indígenas o afromexicanos. Así mismo y con la finalidad de garantizar con equidad el derecho a la educación se establecerá un sistema de becas para las y los estudiantes de todos los niveles escolares del sistema de educación pública, con prioridad al alumnado perteneciente a las familias que se encuentren en condición de pobreza..

Lo anterior, de primera instancia, parece ser un gesto benévolo del órgano reformador de la constitución para la sociedad mexicana, pero también, visto desde otras perspectivas, no todo es bondadoso o próspero, muestra de ello son los siguientes párrafos:

(1) La reforma puede ser vista como la materialización de la entrega de dinero a favor de sectores sociales que se quiera o no reconocer están golpeados por los contextos de pobreza, discriminación, escasa educación y rezago social. Sin embargo, la entrega de recursos a clases o sectores en situación de vulnerabilidad, si bien, parece un acto de buena fe, no resuelve el problema de fondo que sufren estos grupos, lo anterior es así, porque además de que seguramente, el recurso que será otorgado no alcanzará para cubrir con todas sus necesidades, se requiere de una solución más complicada, integral y la cual sirva para asegurar el estado de bienestar de manera permanente, es decir, los recursos deben estar asociados con producción, generación de empleos y capacitación para las personas. En este sentido, más que otorgar recursos, deben asegurarse fuentes de empleo, los Derechos laborales de trabajo y salarios dignos, los derechos de las niñas, niños y adolescentes y no sólo acudir a la salida más fácil del gobierno, dar dinero; la cual no resuelve nada y deja a los mismos sectores sociales en las mismas condiciones de pobreza, desesperación, nulo desarrollo y, las cuales no satisfacen sus derechos económicos, sociales y culturales. .

(2) Siempre que algún derecho logra implantarse en la Ley Suprema, se espera su cumplimiento, en este orden de ideas, imponer cargas de política social en la Constitución implica que éstas ya no podrán retirarse ni suspenderlas en un futuro por el poder público por tener la característica de progresividad. Lo cual es un reto importante, más ahora en el contexto que vivimos de contingencia sanitaria por COVID 19 y el decrecimiento de la economía mundial (el Fondo Monetario Internacional ha pronosticado, tan solo para México, una contracción de 6.6%), en este orden de ideas, vale la pena preguntarse ¿de dónde surgirán los recursos para asegurar las políticas que se están imponiendo a razón de este decreto de reforma constitucional?, o bien, ¿a costa de qué otro gasto social se garantizarán? Y es que recortar el gasto en otras áreas no parece buena idea; el gobierno debe estar consciente que tampoco se puede confiar en la venta del petróleo, ya que el mismo está a precios históricamente demasiado bajos; tampoco se debe poner esperanzas en que el dinero circulará gracias a la remesas que envían nuestros paisanos, ya que, si bien, de acuerdo a cifras del Banco de México, en marzo se duplicaron en comparación con los últimos dos meses, es muy difícil que éstas se mantengan, incluso el Banco Mundial espera la mayor caída de remesas en los próximos meses, pues se avizora una recesión mundial a causa de la pandemia por COVID 19.

(3) Para nadie es un secreto que las cámaras legislativas del Congreso de la Unión, artífices y piezas centrales para esta reforma constitucional están compuestas en su mayoría por el partido político que postuló al presidente, es decir, la modificación al texto constitucional genera la suspicacia de que los autores intelectuales de la reforma están cumpliendo con el electorado que colocó al partido político en cuestión en el poder, por ello se pudiera pensar que más que un compromiso al entorno social de los desprotegidos, es la compensación a sus votantes y la preparación para las próximas elecciones.

En cualquier caso, y de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto, la reforma al texto constitucional deberá ser armonizada con el entorno normativo, en un lapso no mayor a un año, (justo a unos días de la jornada electoral del año 2021), así que esperemos que para esas fechas las circunstancias sean muy diferentes a las actuales, es decir, que se prevea crecimiento, haya más producción, y se tenga definido la fuente de los recursos para asegurar el apoyo que sin duda, es necesario y requiere tanta gente en nuestro país. Que así sea.

Yuri Pavón Romero

Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM

@lanavajadeockam