La iniciativa presidencial (que sí comparto plenamente) sobre los matrimonios igualitarios ha generado una reacción de intolerancia en algunos grupos sociales y religiosos para que no haya modificaciones a la ley en la materia. Por supuesto, los tiempos han cambiado y con ellos el comportamiento y la evolución de la sociedad mexicana sobre el valor de la tolerancia a lo que es distinto, a lo que se procesa de forma diferente. Hace algunos años la mujer no tenía derecho a ejercer el voto, las personas de raza negra en Estados Unidos tenían derechos disminuidos y eso ha ido cambiando de manera sustantiva.

Ni duda cabe que la Iglesia Católica, y todos aquellos grupos que consideren que el matrimonio debe ser sólo entre el hombre y la mujer, tienen el legítimo derecho de adoptar sus propias reglas para sus fieles o miembros. No coincido, empero, en que esas ideas – que son muy respetables- se conviertan en obligatorias para todos, sean o no fieles, creyentes o no. Aquí es donde el valor de la libertad se ve afectado. La libertad adquiere más importancia cuando se trata de la libertad del otro, del que actúa y piensa bajo pautas ajenas a las de uno. Sería un despropósito que se respete sólo la libertad de quienes piensan como uno sobre los más distintos aspectos de la vida.

La expectativa de adoptar en la ley el matrimonio igualitario ha sacado a la gente a la calle a mostrar su descontento; por otra parte, han hecho públicos sus puntos de vista, del mismo modo, quienes consideran que esa eventual reforma es correcta. Tampoco- hay que decirlo- veo que los miembros de la Iglesia han violado algunas de las fracciones del artículo 130 constitucional, el cual- dicho sea de paso- requiere ser actualizado al siglo XXI.

En la misma tesitura, empero, hay que recordar que el artículo 1º constitucional en su último párrafo establece de manera clara que: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

Más temprano que tarde, las reformas a la normativa civil para incluir los matrimonios igualitarios habrán de irse concretando. A nivel internacional, España – con el que nos une lazos entrañables- es el país más tolerante, pues sólo el 6% de su población está en contra de la homosexualidad. En otra oportunidad he llamado la atención sobre un importante y reciente precedente judicial de la Suprema Corte de Estados Unidos (26/06/15) sobre este tema, cuyas consideraciones para permitir el matrimonio igualitario dan luz sobre este debate de ahí que lo cite en extenso: “Estos nuevos enfoques (se refiere a matrimonios del mismo sexo) han fortalecido, no debilitado, la institución del matrimonio. Los cambios en entender la característica del matrimonio de una nación como una dimensión nueva de la libertad han aparecido con las nuevas generaciones. Esta dinámica puede ser vista en la experiencia nacional con los derechos de los homosexuales y las lesbianas. En el siglo XX muchos estados condenaron la intimidad sexual como inmoral y la homosexualidad fue tratada incluso como una enfermedad. A finales de ese siglo, el desarrollo político y cultural permitió las parejas del mismo sexo y alentó que sus vidas fueran más públicas y abiertas.”    

    En la última consideración que hace el máximo tribunal de Estados Unidos para anular la prohibición de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito al matrimonio igualitario establece: “Esta Suprema Corte, en esta resolución, apoya que pueda ejercerse el derecho fundamental al matrimonio por parte de personas del mismo sexo en todos los estados y también resuelve – y así queda establecido- que no existe base legal alguna para que un estado pueda rechazar el reconocimiento de matrimonios del mismo sexo celebrados en otro estado con base en que se trata de personas del mismo sexo. Ninguna unión es más profunda que el matrimonio que envuelve los máximos ideales de amor, fidelidad, devoción, sacrificio y familiar. Al unirse en matrimonio, dos personas se convierten en algo más grande que lo que eran antes. Debe quedar claro que es un error decir que se falta el respeto al matrimonio por esta idea. Esta institución es respetada por los quejosos, tanto es así que buscan llevar a cabo ese compromiso para ellos mismos. Su esperanza es que no sean condenados a vivir en soledad, excluidos de una de las más antiguas instituciones. Piden igual dignidad a los ojos de la ley. Esta Suprema Corte les reconoce todos esos derechos. Esta Corte, en consecuencia, resuelve anular la resolución de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito.”

@evillanuevamx

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