El caso de las ocho estudiantes del IPN, víctimas de la creación y difusión de contenido sexual falso generado con inteligencia artificial por Diego “N”, se ha convertido en un referente en la lucha contra la violencia digital. Aunque la absolución inicial por el delito contra la intimidad sexual – a pesar de la flagrancia – fue un duro golpe, la posterior condena por trata de personas en su modalidad de pornografía infantil contra Diego sienta un precedente crucial. La defensa de las víctimas, tras más de un año de un proceso complejo y frustrante, logró que se reconociera la gravedad de los actos de su agresor, estableciendo un punto de inflexión en la aplicación de la ley a este tipo de delitos.
El caso de Diego “N”, joven de 20 años, egresado del Poli, pone de manifiesto la oscura cara de la inteligencia artificial y la lucha constante contra la violencia digital en México. Detenido en 2023 por presuntamente robar fotos de sus compañeras de estudios, alterarlas con IA para crear imágenes de contenido sexual explícito y venderlas online, su historia tuvo un giro inesperado. A pesar de la evidencia abrumadora – 166,000 fotos y 20,000 videos alterados encontrados en sus dispositivos, con al menos 40% pertenecientes a estudiantes del Politécnico – fue absuelto el 4 de diciembre de 2024 por un magistrado que alegó falta de pruebas suficientes para condenarlo por el delito contra la intimidad sexual de las víctimas.
El argumento inicial del magistrado, que si bien reconocía la existencia de un delito, no podía atribuir la culpa a Diego “N”, pese a haber sido encontrado con evidencia contundente, resalta las dificultades legales para procesar este tipo de crímenes. La utilización de la inteligencia artificial para generar contenido sexual no consentido presenta un reto para el sistema judicial, requiriendo una interpretación y aplicación más precisa de las leyes existentes, como la Ley Olimpia.
Por su parte, la representante legal de las estudiantes del Politécnico, Valeria Martínez, destaca el significado moral de la condena para sus clientas. Si bien no se trata del delito contra la intimidad sexual contemplado en la Ley Olimpia, la sentencia por pornografía infantil representa un avance significativo. Pese a ello las víctimas denunciaron la falta de justicia tras el fallo judicial, acusando al sistema de ignorar sus testimonios y pruebas. Consideraron el fallo como complicidad y anunciaron que apelarán la decisión.
A pesar de la condena a cinco años por pornografía infantil, el caso de Diego “N.” y las ocho estudiantes del IPN está lejos de concluir. Su permanencia en prisión preventiva, incluso tras la absolución inicial por delitos contra la intimidad sexual, se debe a las siete carpetas de investigación adicionales que pesan sobre él. Estas incluyen seis casos más de delitos contra la intimidad sexual, dos de los cuales ya resultaron en absoluciones previas, y una carpeta adicional por pornografía infantil, por la cual fue vinculado a proceso.
La reciente condena, aunque significativa, representa solo una parte del largo camino hacia la justicia. La defensa de las alumnas está trabajando activamente para reforzar la investigación en los casos donde se obtuvo la absolución inicial, buscando presentar pruebas más contundentes. Además, se confía en que la Fiscalía apelará la sentencia de cinco años por pornografía infantil, aspirando a una pena más severa que refleje la magnitud del daño causado.
La complejidad del caso, con múltiples carpetas de investigación y absoluciones previas, subraya los desafíos legales en la persecución de delitos de violencia digital que involucran la manipulación de imágenes con inteligencia artificial. La lucha por la justicia para las víctimas continúa, y el resultado final dependerá del éxito de las apelaciones y la fuerza de las investigaciones adicionales. El caso de Diego “N” se mantiene como un referente crucial en la evolución de la legislación y la aplicación de la justicia en casos de violencia digital en México.