México.- Organizaciones civiles presentaron una iniciativa para reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia vigente y que las órdenes de protección sean consideradas como un derecho humano de mujeres y niñas, además de facilitar la accesibilidad a esta herramienta fundamental para frenar la violencia en su contra.

En conferencia de prensa, organizaciones como la Red Nacional de Refugios y EQUIS Justicia para las Mujeres, explicaron que su propuesta busca que el marco legal de las órdenes de protección contenga un estándar de protección idóneo, conforme a las necesidades particulares de mujeres y niñas.

La iniciativa fue creada a partir de experiencias de las mujeres con las que han trabajado y sus realidades, así como de un ejercicio de mesas de trabajo con poderes judiciales donde se acordaron criterios para dictar órdenes de protección basados en las expectativas de justicia de las mujeres.

Necesidad de órdenes de protección aumentó con pandemia de Covid-19

Durante la presentación de la propuesta, resaltaron la necesidad de que las órdenes de protección se determinen a través de una perspectiva intercultural e incluyente, pues las mujeres y niñas que viven un vida libre de violencia es “prácticamente un privilegio”, además de que la pandemia de Covid-19 profundizó la crisis existente y “quedarse en casa” significó poner en riesgo su integridad y vida.

Cabe recordar que las órdenes de protección son una herramienta efectiva para proteger a niñas y mujeres porque permiten a las autoridades detener y prevenir la violencia, es un mecanismo que fue diseñado para proteger contra la violencia de género, y son útiles en circunstancias de urgencia porque agilizan la respuesta de las autoridades.

Sin embargo, su funcionamiento no está garantizado e informes de las mismas organizaciones lo demuestran. Incluso, EQUIS Justicia para las Mujeres ha advertido que jueces omiten identificar posibles situación o conductas de riesgo para las mujeres y, por ende, no dictaron las órdenes de protección necesarias.

Otra cuestión es que los poderes judiciales no contemplaron las órdenes de protección como parte de las funciones de impartición de justicia consideradas de urgencia durante la pandemia; y el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, expuso que por cada 100 casos, sólo se dictan 13 órdenes de protección.

¿Qué dice la iniciativa de órdenes de protección?

Unos de los objetivos centrales de esta iniciativa es evitar que la violencia de la que son víctimas mujeres y niñas mexicanas escale hasta sus niveles más graves, como el feminicidio. La propuesta de reforma busca:

  1. Reconocer a las órdenes de protección como principales, autónomas y complementarias a otros mecanismos. 
  2. Considerar que son un derecho humano de todas las mujeres y niñas, y que no es necesaria la presentación de una denuncia, querella o demanda. Incorpora una mirada interseccional. 
  3. Reconocer la autonomía, voluntad y capacidad jurídica de mujeres y niñas. 
  4. Obligación expresa de compartir información sobre las órdenes de protección en un idioma y formato pertinente para las mujeres y niñas indígenas, con discapacidad o en situación de movilidad. 
  5. Incorporar el estándar del posible riesgo para que baste con indicios de que la mujer o niña podría encontrarse en peligro. 
  6. Facultar a los jueces calificadores y de paz municipales y de los pueblos o comunidades indígenas para emitir órdenes de protección.
  7. Incorporar la figura de las órdenes de protección definitivas a mujeres o niñas que requieren protección a largo plazo.
  8. Establecer cuatro directrices para que las autoridades evalúen el riesgo de forma integral: contexto, características, frecuencia y magnitud de la violencia, las necesidades específicas, los factores sociales y las características del generador de violencia.

Senado aprueba fortalecer órdenes de protección para mujeres

Hace poco más de un mes, el 19 de marzo, entró en vigor una reforma aprobada por el Senado para fortalecer las órdenes de protección para niñas, adolescentes y mujeres víctimas de la violencia y que su vida o integridad se encuentre en riesgo.

Con ello, se modificaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para que las órdenes de protección sean actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, fundamentalmente precautorias y cautelares.

Además, deberán otorgarse de oficio o a petición de parte en el momento en que tengan conocimiento del hecho de violencia que ponga en riesgo la integridad, libertad o la vida de mujeres o niñas, con lo que evitarán que el agresor tenga contacto con la víctima.