México.- El dictamen para reglamentar el artículo 29 de la Constitución mexicana que permitiría, a solicitud del Presidente, que el Congreso de la Unión apruebe la suspensión de garantías en el país, avanzó en la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados.
Con el voto de las bancadas del PRI, PAN, PRD, Verde, Encuentro Social y Nueva Alianza, la comisión avaló sin cambios la minuta aprobada por el Senado el pasado 9 de diciembre.
El dictamen establece que la suspensión de garantías o estado de excepción es un mecanismo destinado a regular la facultad presidencial de suspender garantías en casos de invasión, perturbación grave a la paz pública u otro que ponga en grave peligro o conflicto a la nación.
Mientras que los legisladores de Movimiento Ciudadano se abstuvieron de votar y otro no se presentó, las diputadas del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) lo hicieron en contra. Norma Rocío Nahle García argumentó que esta ley no define “qué se entiende por perturbación grave de la paz pública, conflicto o invasión” por lo que podría ser “un cheque en blanco para que el Ejecutivo haga y deshaga en este país, de por si, es de los que tiene mayores violaciones a los derechos humanos”.
Si bien la ley reglamentaria acota la facultad presidencial, pues ahora el estado de excepción deberá pasar por la revisión del Congreso (Poder Legislativo) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Poder Judicial), “el decreto de suspensión caminará hacia donde diga el Presidente. Les pregunto, como está planteada la ley, ¿hay seguridad? ¿está garantizado el respeto al ciudadano a decirle que se le considera una amenaza pública?”.
Por su parte el perredista Rafael Soriano recordó que el Estado no sólo es el Presidente, pues la decisión ya no será unilateral, sino resultado de la participación de los tres Poderes de la Unión. Además, señaló que el proceso de restricción o suspensión tendrá como objetivo reestablecer la normalidad.
En el caso del panista Ulises Ramírez Nieto los atentados terroristas ocurridos en Estados Unidos, Francia y Pakistán son una razón más para reglamentar el artículo 29 constitucional pues “han trastocado cómo debemos regular nuestras convivencias”.
“En el caso de París se decretó un estado de excepción. Y esto causa un contra sentido a los que luchamos de hace muchos años por la defensa de las garantías y que un país democrático se sustenta en dos pilares, la seguridad y la libertad. Y es ahí donde ponemos en la balanza qué hacer”, señaló.
De acuerdo con el panista es mejor regular la facultad presidencial “que tenerla suelta y discrecional a un solo poder”.
¿Qué contempla el dictamen?
El dictamen establece que ante un riesgo a la paz pública o una invasión, se suspenderán o restringirán el ejercicio de derechos humanos y el "sacrificio temporal de derechos", entre éstos, los derechos a la manifestación, asociación, circulación y libertad de expresión, patrimoniales, crédito o de derecho de autor.
La comisión avaló incluir una lista de los peligros que justificarían una petición presidencial para suspender garantías en un estado, región o todo el territorio, bajo el argumento de que la suspensión de garantías "puede ser una forma de tutela a los derechos humanos".
El dictamen aprobado hoy establece:
"Pueden mencionarse ejemplificativamente las perturbaciones de factores naturales como sismos, tormentas, huracanes, explosiones volcánicas, epidemias... Así como también revueltas internas de gran calado; incursiones de grupos armados internos; graves afectaciones a la paz o la estabilidad interna del propio Estado; crisis económicas que por su gravedad puedan generar alteraciones al orden público; eventos derribados de la intervención humana (casos fortuitos) como incendios, accidentes nucleares o liberación de plagas/epidemias; entre muchas otras".
Con información de La Jornada y Canal del Congreso