Puebla, Pue.- El pasado 7 de marzo de 2016 la CNDH emite la Recomendación General No. 25 sobre agravios a personas defensoras de derechos humanos-ddh en México. Como parte de la investigación documental de la CNDH, se hace una descripción de 29 casos de violencia y persecución a ddh en México, de los cuales 5 son de Puebla: Enedina Rosas Velez, Juan Carlos Flores Solís, Abraham Cordero Calderón, Leonardo Báez Serrano y Raúl Pérez Velázquez, los dos primeros presos por su oposición al Gasoducto Morelos, el tercero por la resistencia al proyecto carretero Libramiento Poniente de Puebla y los dos últimos contra las reformas a la Ley Orgánica Municipal de Puebla, dichos casos se pueden encontrar en la recomendación con las claves de V14, V15, V16, V17 y V18 respectivamente. En la Recomendación se reporta también el asesinato del periodista de Tehuacán Adrián Silva Moreno en 2012, faltando agregar los casos de Delfino Flores Melga y Antonio Esteban Cruz.
Además de la documentación de estos 5 casos de Puebla y el asesinato del periodista, la Procuraduría General de Justicia del Estado, a pregunta expresa de organismo nacional, informó sobre casos relativos a delitos cometidos en agravio de defensores civiles al 30 de noviembre de 2015, donde la ahora Fiscalía General informó “un caso en el que se ejerció acción penal por el delito de homicidio calificado y robo de vehículo (y) otro caso en el que se dictó auto de formal prisión por el delito de homicidio calificado en agravio de un defensor de derechos humanos”
La CNDH alertó que ha aumentado el nivel de agresiones a ddh en los últimos 9 años, señaló que tiene conocimiento del asesinato de 25 defensores civiles, ocurridos entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2015, además se ha documentado la desaparición de tres defensores de derechos humanos entre el 1 de enero de 2009 y el fin de 2015. Precisó que de los 380 expedientes iniciados desde 2006 por agresiones a defensores, 70% de ellas ocurrió en el periodo de 2011 a 2015, según el Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos de la CNDH.
La Recomendación General 025 de la CNDH es la primera en la historia de esta institución dirigida específicamente a quienes defienden los derechos humanos. Con esta, ya son 5 Recomendaciones que debe cumplir el Gobierno de Rafael Moreno Valle Rosas: 2 Recomendaciones sobre casos particulares, la 56/2013 sobre uso excesivo de la fuerza y trato indigno en agravio de Derick Alberto Vega Serrano, Hugo, R., Israel, D., y José Luis S, el primero de ellos privado de la vida por tortura en manos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, la 51/2015 por inadecuada atención médica y violencia obstétrica en agravio de María Luisa Carrera León y su hijo quien nació con daño cerebral y después falleció en el Hospital General de Acatlán de Osorio; 1 Recomendación por Violaciones Graves a los DH, 2VG/2014 por la violencia perpetrada en Chalchihuapan en donde perdió la vida el niño Jose Luis Tehuatle; 2 Recomendaciones Generales, la 22/2015 sobre las prácticas de aislamiento en los Centros Penitenciarios de la República Mexicana y ahora la 25/2016 sobre agravios a personas defensoras de derechos humanos.
En la Comisión Nacional de Derechos Humanos solo existen 3 tipos diferentes de recomendaciones (Sobre casos particulares, Generales y por Violaciones Graves) y el Gobierno actual de Puebla, junto con Michoacán y Guerrero son los únicos a quien el organismo ha conminado a que respete los DH y repare los daños causados en estos diferentes niveles.
Una Recomendación es un pronunciamiento público que expresa el resultado final de una investigación realizada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, dirigido a la autoridad responsable en el que se expresa la veracidad y existencia de conductas documentadas consideradas como violatorias de Derechos Humanos. Posterior a mencionar los 5 casos de Puebla sobre criminalización a ddh documentados, la CNDH menciona que “El hostigamiento que realizan las autoridades puede realizarse de diversas maneras, pues las personas defensoras en diversas ocasiones son vigilados personalmente o a través de diversos medios como son la intervención de teléfonos o videograbándolos, iniciándoles procedimientos penales o confiscándoles documentos personales; asimismo, pueden ser víctimas de campañas de desprestigio en su contra o de la de su organización, empleándose principalmente para frenar y desgastar el trabajo de este grupo de personas. A pesar de los esfuerzos realizados por diversas dependencias estatales y organizaciones civiles es necesario que se implemente diversas campañas públicas y cursos de capacitación para la sensibilización y no estigmatización de las personas defensoras, ya que realizan un valioso aporte a la democracia de nuestro país a pesar de las difíciles condiciones para garantizar su labor.”
Desde el inicio en abril de 2014 de la etapa de persecución judicial más fuerte en la historia contemporánea de Puebla, el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Gobernación ha negado la existencia de presos políticos y mencionado que son delincuentes perseguidos y consignados por delitos que cometieron. Con la Recomendación 025 de la CNDH la posición del Gobierno del Estado al respecto, queda sin fundamento, ya que si bien la definición de preso político es ambivalente y controvertida, la de defensor de derechos humanos es clara y precisa y según la ONU, son las personas que “promueven y procuran la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”. En este sentido no solo los 5 casos documentados por la CNDH son presos injustamente por su labor de defensa de los DH, sino los más de 230 casos del Estado de Puebla que han sido perseguidos y hostigados judicialmente, entre los que aún se encuentran en la cárcel: Ruben Sarabia “Simitrio”, Atl Ruben Sarabia Reyna, Xihuel Sarabia, Fernando Alonso, Javier Montes Bautista, Leonardo Baez Serrano, Juan Manuel León Evangelista, Gregorio Santos Anastacio y 2 mototaxistas más que no se han autoreconocido como ddh, pero lo son. Entendemos que la Recomendación General 025 no podía enumerar todos los casos de los ddh agraviados en Puebla y México, pero esto no implica su inexistencia, ni debe implicar su invisibilización.
Convocamos a la sociedad civil poblana a exigir el respeto y seguridad de los derechos humanos, periodistas y mujeres y tomarlo como uno de los temas y acciones centrales y prioritarios para la construcción de la democracia, libertad y justicia de nuestro país, la garantía de los derechos humanos constituye un verdadero estado de derecho, no los temas electorales llenos de chismes, falsas intenciones y promesas no expresadas de funcionar como el próximo garrote institucional a favor de intereses económicos particulares.